Hola,
mi empresa se va a trasladar a otra provincia alegando la reduccion de costes de alquiler y buenos clientes por la zona, lo que abarataria los gastos de desplazamiento para las visitas.
Algunos de nosotros no vamos a seguir en la empresa y nos daran una indemnizacion de 20 dias por traslado. Si fuese despido serian 45 dias, la empresa quiere llegar a un acuerdo con nosotros y pagarnos 30 dias para que no lo llevemos al juzgado. La empresa no habia pedido autorizacion al ministerio para el traslado y ahora van a hacer oficial el traslado y tenemos 15 dias para poner una demanda y esperar lo que dicte el juez o aceptar los 30 dias por año que nos da la empresa.
Si pongo la demanda, el juez estudiará si el traslado es justificado o no y me pagarian 20 o 45 dias de indemnizacion.
Que debo hacer? Acepto los 30 dias que me da la empresa o lo llevo al juzgado?
gracias
Creo que deberias usar el sentido comun un poquito. Solo un poquito.
¿De verdad crees que si la empresa supiera tan facilmente que os corresponden 20 dias , os daria 30 dias para que no les lleveis al juzgado?
No estoy hablando de si te tocan o no 45 dias , que creo que por las circunstancias no corresponden, pero a lo mejor la empresa tiene miedo de los contratos que teneis, o alguna cosa, ya que lo normal es que si la empresa sabe a ciencia cierta que lo que os tienen que dar son 20 dias, pues no dudes que seria lo que tendriais.
Ninguna empresa es tan generosa en cuestion de indemnizaciones.
Yo creo que tienen miedo de que al ir a juicio se saque algun aspecto oscuro o raro,raro,raro.
Yo no estoy muy de acuerdo con vicenrico. Yo no creo que sea cuentión de generosidad sino de que la empresa tiene prisa por hacer ese traslado.
Como va a ser un traslado de toda la plantilla, colectivo por tanto, tiene que ajustarse a un procedimiento que se señala en el art. 40 del E,T. y en el que tiene tienen que existir unos periodos de consultas e intervenir al autoridad laboral. todo esto, sin duda, va a retrasar los planes de la empresa y lo habitual, es que una vez que se ha tomado la decisión (que no suele ser un capricho) lo que se pretende es agilizar este tralado, llegando aa cuerdos puntuales con aquellos trabajadores qaue no quieren ser trasladados.
No son raros este tipo de acuerdos, la verdad algo mas generosos, por ejemplo 33 dias dias por año cun un tope de veinticuatro mensualidades, pero que para nada tiene que ver con miedos o inseguridades.
Totalmente de acuerdo con Ninfa,
no se trata de sospechar de la "generosidad" de la empresa.
Posiblemente no quiere complicarse (o no le resulta rentable) con los trámites y plazos que requiere la Ley en estos casos, a pesar de que si finalmente obtuviera autorización, las indemnizaciones serían más bajas.
Aunque todas las opiniones son buenas, y en este caso, tambien se puede mirar por el lado que dicen Nando y Ninfa, sigo diciendo que no te fies.
Creo , de todas maneras, que tu forma de actuar tiene que ser apurar al máximo los plazos y esperar una "subida" de la empresa, o echarle morro e intentar ( como bien dice Nando) que el/los jefe/s sean mas generosos. Vamos, que le digas que no quieres que sean 30 dias, sino 40 dias, por ejemplo.
Además, en el caso de que sea lo que Nando y Ninfa pregonan, el limite temporal marcado, creo que entonces tendrias la sarten por el mango.
Asi que a la empresa le importará poco el hecho de pagar un poco más.