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Tras 5 años, renovación permanente ¿Agotado el plazo?

36 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 36 comentarios
15/10/2015 19:51
Hola:
Yo estoy casada y llevo 5 años en España. A mi me dijeron en la comisaría(la persona que atiende extranjería) que podía enviar la solicitud a través del servicio de VENTANILLA UNICA de mi ayuntamiento. El caso es que me lo han inadmitido porque tenía que pedirlo presencialmente. He pedido cita previa pero como hasta noviembre no hay estaré fuera del plazo de los 90 días posteriores a la fecha de caducidad. (pues en verano estuvo saturado el servicio)
Ahora tengo miedo pues no sé que pasará si puedo presentar otra solicitud, fuera del plazo de 90 días posteriores o debo presentar recurso.
Gracias
08/09/2015 10:17
Hola,
Para la renovación necesitarás el certificado de matrimonio (puedes pedirlo en el Registro Civil al estar inscrito), necesitas también el contrato de trabajo y nóminas de tu marido, el empadronamiento, y el DNI de tu marido.
Debes hacer la renovación porque es posible que tarde bastante todavía en finalizar el trámite de nacionalidad.
Un saludo
06/09/2015 11:19
Hola buenos dias,necesito que me ayuden a resolver unas dudas,vivimos en barcelona,mi Nie por estar casada con un ciudadano español me vence dentro de dos meses y medio...pero al mismo tiempo por via internet he visto que tengo concedida la ciudadania española pero aun no he jurado por que no me ha llegado la carta a casa solo lo he visto por internet.
que documentacion necesito aportar para la renovacion?
como solicito un certificado literal de matrimonio si nos casamos en chile pero fue inscrito en madrid?
mi marido trabaja pero yo no.
gracias
24/09/2014 09:59
Buen día y saludos, mi situación es esta:.
Lleve casado mas de tres años con una ciudadana española, tengo residencia comunitaria, acabo de divorciarme el mes de agosto de este año y me encuentro viviendo en España, mi pregunta es la siguiente :
Debo cambiar mi estado de residencia? obtendría la residencia permanente de larga duración?
Lo otro es, actualmente me encuentro desempleado, tuve una entrevista de trabajo y me aceptaron, pero al decir que estaba divorciado me dijeron que no me podían contratar porque mi residencia comunitaria no es valida ya que estoy divorciado, es primera vez que me sucede algo asi.
Tambien me encuentro tramitando la nacionalidad, pero me dieron turno de cita para noviembre del 2015.
Gracias y en espera de una respuesta, saludos
15/07/2014 13:17
Hola buenas tardes mi caso es el siguiente tengo mi tarjeta de residencia permanente caducada estuve esperando que me llegará la carta y ño me llego a casa ahora voy para la renovación y aun ni he metido los papeles se me venció hace un mes por favor dígame si aún puedo meter mi documentos tacón y que tengo que presentar Muchas gracias
15/07/2014 13:09
Hola buenas tardes mi caso es el siguiente tengo mi tarjeta de residencia permanente caducada estuve esperando que me llegará la carta y ño me llego a casa ahora voy para la renovación y aun ni he metido los papeles se me venció hace un mes por favor dígame si aún puedo meter mi documentos tacón y que tengo que presentar Muchas gracias
12/07/2014 07:39
Hola, buenos días:
Mis dudas son las siguiente...
Soy boliviana y estoy casada con un español, tenemos un hijo en común de 4 años. Mi Noé caduca el 13 de agosto, de todos los papeles que tengo que presentar aún me falta el certificado de matrimonio que me lo tienen que enviar de Madrid.
El probablema que tengo es que tengo un viajeprogramado a bolivia que durará casi un mes del 23 de agosto hasta 21 de septiembre, aún sin poder renovarlo puedo viajar??
Cuánto tiempo suele tardar el envío del certificado de matrimonio pedido por correo??
Tengo que presentar algún documento del hijo que tenemos en común??
Es necesario la presencia de mi esposo en la renovación?? Lo digo porque el quizá este trabajando ya que trabaja a rotativos.
Cuánto tiempo suele tardar esta renovación?? O te lo dan en ese mismo momento??
Gracias de antemano.
21/05/2013 18:58
Hola.quiero consultar sobre mi nie, el cual caduca en menos de 2 meses.Me casé con española, estuve casado 1 año. No hay manera de tener contacto con ella, pues se ha mudado y no tengo mas noticias..
A raíz de este hecho, regresé al tiempo a mi país, Argentina, donde estoy actualmente.Necesito imperiosamente renovar mi documentación ya que deseo residir definitivamente en España.
Tambiém quiero consultar si podría tramitar ciudadanía Española, ya que soy bisnieto por parte de madre y padre..
Deseo una respuesta urgente y si existe alguna manera de tramitar mi prórroga de NIE desde el extranjero, o tengo que volver allí.
Desde ya, muchas gracias....Saludos¡¡¡
13/03/2013 10:17
Hola Condecartagena!

Soy Canadiense y acabo de renovar mi NIE (régimen comunitario) tras 5 años de matrimonio con ciudadano de Reino Unido (llevamos un poco mas de 5 años viviendo en Espana). Tengo nueva tarjeta comunitaria de 5 años. Ahora hemos decidido divorciarnos. Sé que tengo 6 meses para modificar la tarjeta. El problema es que de momento no tengo trabajo y entonces no puedo pedir la modificación a tarjeta de residencia y trabajo. Cuáles son mis opciones si no estoy trabajando? Puedo pedir una tarjeta de residencia permanente sin tener el contrato laboral (pero tengo suficiente dinero para mantener la vida)?

Muchas gracias! Saludos!
31/01/2013 08:21
Muchas gracias por su respuesta,pero lo que no me queda claro,ni encuentro en la web,son los documentos que debo presentar ese dia.

Mi pasaporte
Mi NIE
DNI conyugue
CERTIFICADO DE MATRIMONIO
IMPRESO X19
3 FOTOS TAMAÑO CARNET
COPIAS DE CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS

y alguna cosa mas? ya me dijo que lo de un pago en el banco no,pero ahora si estoy en el mes antes de la caducidad,de nuevo de ante mano gracias.

Un saludo.
10/01/2013 17:37
Hola.

1.- El impreso a utilizar es el EX-19, desde julio de 2011. Puede descargarlo de la página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social o de la página web del Ministerio del Interior.

2.- No debe pagarse tasa alguna en régimen comunitario, para presentar la solicitud. Eso solo se debe hacer en régimen general.

3.- La única tasa que se debe pagar, es la de expedición de la tarjeta, pero debe hacerse cuando ya se haya expedido en la Comisaría, mediante la toma de huellas digitales.

4.- En Barcelona, debe solicitarse CITA PREVIA en www.mpt.es, apartado EXTRANJERÍA, luego elegir provincia de Barcelona y después RÉGIMEN COMUNITARIO. La cita es en la Oficina de Extranjería de la calle Murcia 42 (metro Navas).

5.- El plazo para presentar la solicitud, en régimen comunitario, es, DURANTE el mes anterior a la caducidad (no antes). Puede también presentarse dentro de los 3 meses siguientes a la caducidad.

6.- Le corresponderá una tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, con derecho a residir con carácter permanente.

Un cordial saludo.

10/01/2013 14:14
Buenas tardes,

Vivo en Barcelona,y tengo el REGIMEN COMUNITARIO, por lo que pude leer aqui para renovar mi NIE debia rellenar el formulario X16 y ahora parece ser que ha cambiado al X19? puede ser? estoy casado con un cuidadano español, mi pregunta es; la tasa que debo pagar es la 052? en cualquier banco? y los requisitos siguen siendo los mismos? mi pasaporte,mi NIE,el certificado de matrimonio de menos de 3 meses de antiguedad,el DNI de mi conyugue, y donde debo hacer todo esto,en la oficina de extranjeria o en la comisaria de Balmes? estoy a mas de un mes de la caducidad de dicho documento,gracias de ante mano.

Un saludo.

29/11/2011 13:37
Hola. Soy Argentina y tengo tarjeta de residente en Régimen comunitario permante, por matrimonio con ciudadano español. Estuve mas de 5 años casada, y ya he hecho mi renovación de la tarjeta, la cual me han concedido por 10 años más, con lo que entiendo, que ya es permanente. me he divorciado, y ya salio la sentencia firme de divorcio. mi consulta es si debo presentar los papeles, según la hoja informativa 76 de extranjería, respecto de divorcio o nulidad de matrimonio. ya que ahí pone expresamente que es para ciudadanos que NO tengan la residencia permanente. por otro lado, tengo concedida la nacionalidad, aunque aun no el DNI, porque tengo fecha para jurar y solicitar el DNI en Marzo de 2012.
Desde ya, muchas gracias.
10/10/2011 10:52
muchisimas gracias por su contestacion si tengo mas dudas se lo preguntare le quedo agradecido
10/10/2011 04:00
Hola. Si ya se ha casado o está en proceso de casarse, en cuanto tenga la certificación literal del matrimonio, tiene derecho a solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión. No le corresponde la permanente, sino la inicial, quie tiene una validez de 5 años.

En Madrid está demorando considerablemente, puede calcular que le darán cita previa para dentro de algunos meses y luego debe esperar, como mínimo, 3 meses en que sea resuelta su solicitud y se lo cite para que se le expida la tarjeta.

Un cordial saludo.
06/10/2011 11:35
Hola saludos soy ciudadano chino actualmente estoy haciendo primera renovacion tarjeta estudiante llevo un año en España voy a casar con un ciudadano español, puedo pedir tarjeta permenente familiar comunitario ? Para trabajar necesito autorizacion ? Que tiempo tarda en dar la tarjeta en Madrid ?
Gracias por todos de este foro.
06/10/2011 11:33
Hola saludos soy ciudadano chino actualmente estoy haciendo primera renovacion tarjeta estudiante llevo un año en España voy a casar con un ciudadano español, puedo pedir tarjeta permenente familiar comunitario ? Para trabajar necesito autorizacion ? Que tiempo tarda en dar la tarjeta en Madrid ?
Gracias por todos de este foro.
22/03/2011 13:44
Me ha quedado claro, gracias por la informacion y tu tiempo. buen dia.
Un saludo
22/03/2011 13:25
Hola. Si usted es colombiano es iberoamericano y cumple de sobra con el tiempo previo de residencia exigido. Si ya no estuviese conviviendo con su cónyuge en ese momento, simplemente lo declara al funcionario: está casado con española, en proceso de divorcio, actualmente separado de hecho y a la espera de sentencia, pero al ser iberoamericano, cumple con el requisito de dos años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior.

Cuando se está casado (y solo casado) con español o española y el matrimonio ha durado al menos un año, esto solo tiene como consecuencia, en lo atinente a la nacionalidad, que solo se exija un año de residencia. Pero la nacionalidad es por residencia, no por matrimonio (hay una creencia, bastante extendida, de que la nacionalidad es por matrimonio, pero no es así, la nacionalidad es por residencia, por lo que requisito fundamentel es haber residido). Además, en estos casos, hay que probar positivamente que la convivencia se mantiene. Por eso, quien está separado legalmente o de hecho, ya no puede solicitarla por esta vía, pues la Ley exige que se cumplan tres condiciones cuando hay matrimonio con español o española y se quiere beneficiar de la reducción del tiempo previo a solo un año para poder solicitar la nacionalidad: que el matrimonio haya durado al menos un año, que se haya residido al menos un año en España (en el sentido legal de residencia, esto es, hallarse en España provisto de una autorización para residir) y que no se encuentre separado legalmente, ni de hecho. Es importante esto, porque se pueden dar casos de personas extranjeras casadas con españoles, pero que no residen ni han residido jamás en España o que ni siquiera han pisado España, estas personas no pueden beneficiarse de esta reducción a solo un año.

BASTA CON SER RESIDENTE LEGAL. A cualquier título, pero RESIDENTE LEGAL, puede ser desde residente no lucrativo hasta un residente por prestaciones transnacionales de servicios (por ejemplo, ejecutivos de empresas multinacionales, que son desplazados hacia España por sus empresas y el salario se lo pagan desde su país) y también, claro, los residentes beneficiarios del régimen comunitario (es decir, quien está en España, pero no es residente legal, no puede ni siquiera plantearse la posibilidad de iniciar el trámite de nacionalidad española por residencia, por ejemplo, alguien que tiene actualmente autorización de estancia por estudios o que se encuentre como turista o por ejemplo, los diplomáticos o agentes consulares acreditados, porque ellos no son residentes, aunque de hecho vivan en España legalmente y claro, tampoco quien se encuentre en situación irregular).

En la respuesta anterior le indiqué que los iberoamericanos solo requieren 2 años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud y otra cosa importante que le agrego ahora: no está obligado a renunciar a su nacionalidad de origen, si bien cuando obtenga la nacionalidad española, mientras esté en España y por extensión, en territorio de la Unión Europea, solo se lo considerará español.

Su acta de nacimiento, que revela su actual nacionalidad y que tendrá que aportar al expediente, ya será suficiente para que se den cuenta de que se beneficia de la exigencia de solo dos años.

Puede descargarse el impreso de solicitud en www.mjusticia.es . Si vive en una gran ciudad, es probable que tenga que solicitar cita previa y demore bastante; si está en Madrid puede ir sin cita previa al Registro Civil Único.

Un cordial saludo.
22/03/2011 12:44
Condecartagena, ahora me surge una duda mas, soy ciudadano Colombiano, si empiezo el tramite ahora mismo, bajo que estatus debería solicitarla? pues llevo 6 años casado pero lo mas probable es que inicie el proceso de divorcio el próximo mes, según tengo entendido los requisitos son diferentes según el estatus en el que te encuentres. debería aplicar bajo el supuesto de régimen general? Muchas gracias una vez mas por tu tiempo
Un saludo.