Aunque no sea de aplicación directa ¿Y en la valoración de puestos de trabajo o en el convenio colectivo? ¿Dice algo? ¿Existe Regulación de Puestos de Trabajo? En tal caso, normalmente deben venir determinadas las condiciones del desarrollo del puesto y alomejor...
Ahora estoy disfrutando de unas "vacaciones por estudios", cuando vuelva preguntaré a los turnos intentaré preguntarle a los "sindicalistas radicales" que conozco, algunos son buenos, ocupan puestos directivos de la unión sindical a nivel autonómico, ya te comentaré.
Muchas gracias PpBb, el reglamento es un desastre, y no especifica nada de eso, pero según me cuenta mi compañero ellos lo que le notifican en el expediente es que tenía la obligacion de señalizar en base a la LFCS y que eso es una de las obligaciones de nosotros, ordenar y señalizar la circulacion.
Yo comprendo que hay casos en que es necesario hacerlo, como cuando surge cuanlquier problema y hay que tomar dos señales en el patrulla y colocarlas donde haga falta, pero cuando se puede preveer, no es admisible ver a un agente de la autoridad de uniforme con un furgón cargado de señales que, en muchos de los casos están todas sucias, pues hay gente que las arroja al barranco, las ensucia, etc.y luego te haces el uniforme un desastre.
Saludos
¿No hay servicio de vías y obras?
Porque en casos de urgencia, para mí, mucho mejor transportar señales y colocarlas, así me puedo ir, si no tengo señales me tendré que quedar en el sitio.
Alomejor encuentras información en la ley de coordinación de tu comunidad autónoma, o incluso en el reglamento orgánico.(En muchos municipios lo hay, en otros no). En este último se suelen detallar bastante las funciones de cada escalafón.
Por cierto, si tu compi no creía que debiera llevar señales, la mejor opción hubiera sido el haberse lesionado cargándolas, ¿No?, se podrían depurar responsabilidades...No entiendo porqué algunos ayuntamientos hacen esto, ¿No les sale infinitamente más barato tener peones de vías y obras que el que lo hagan los policías?
Intentaré buscar algo por ahí.
Hola, estoy asustado porque a un compañero mío le han abierto un expediente por negarse a transportar señales de trafico en los coches policiales, así como cargarlas y sembrarlas por calles en obras, etc.
El sindicato de mayor implantación dice que tranquillos, que no pasa nada, y nos ha dejado una sentencia de un Juzgado de Albacete, en la que falla en contra del Ayuntamiento de Casas Ibañez, que había ordenado transportar vallas a los policías locales ( S num. 91/2002 PA 145/01).
La verdad es que yo no lo tengo del todo claro y entiendo que una cosa es estar transportando señales como un transportista y peón y otra cosa es colocar una señal o dos cuando hace falta por los motivos que sean.
El ayuntamiento en el expediente dice que eso son funciones de la policía local, el ordenar, señalizar, etc. Sin embargo, a mi me da que señalizar no es transportar señales sino de una forma técnica designar aquellos lugares en los que se deben instalar , pues eso es lo que hace nuestro jefe, ordenar a los pintores y operarios donde se deben pintar una línea o instalar una señal, pero yo no lo he visto nunca con una señal en la mano, al igual que otros mandos y lo que el quiere es vernos como peones.
Como he visto que en este Foro hay personas que saben mucho de estos temas, y a pesar de no ser de penal, me gustaría que me orientaran, gracias .