BUENAS tardes tengo un transformador de luz a menos de 20cm de la vivienda y creo que no guarda la distancia de seguridad, es decir lo tengo pegado al patio a ver si hay solución
ok entendido, es que al leer que tenian la obligacion de instalarlo en su parcela , crei que no lo podian hacer en la via publica.
muchas gracias por no molestarte y ser tan instructivo.
no me tomo a mal casi nada ... y en tu caso nada hasta ahora ... aunque son muchos los problemas, muchísimos, casi todos, a los que no tengo respuesta
desde mi punto de vista y a la vista de esas fotos y planos, no ha lugar a que prospere ninguna "reclamación" sobre la ubicación del transformador si no se han cometido infracciones de tramitación
jecc gracias por tu respuesta.
se que me expreso mal pero no te lo tomes nunca como a mal , mis ganas por saber los pormenores de las cosas quiza induzca a pensar mal.
bueno al caso entre dos UE la 6 y 7 de dos promotoras distintas solicitan un trasformador de 60 KVA y lo colocan en suelo de dominio publico .pregunta ¿estarian obligados a colocarlo en una parcela de una de las dos UE?
en esta direccion hay un plano de ubicacion http://blog.iespana.es/personaldumo
no sé a que conduce esto ... porque no tengo capacidad para valorar unas u otras leyes
la ley 54/1997 indica, en su artículo 2, que ... las actividades destinadas al suministro de energía eléctrica ... tendrán la consideración de servicio esencial
por supuesto que debe haber una previsión urbanística para la instalación de redes y transformadores ... y quiero pensar que forma parte del proyecto de urbanización de cualquier unidad de actuación que lo requiera (en las que hago yo así es)
otra cosa es que no exista esa previsión pormenorizada para el caso en que el planeamiento califique un área como residencial de baja densidad, para viviendas unifamiliares aisladas sobre un parcelario muy fragmentado en un ayuntamiento de crecimiento moderado
las compañías eléctricas están obligadas al suministro en baja tensión siempre que la potencia solicitada sea inferior a 50 KVA ... y eso incluye a cada una de las viviendas unifamiliares ... y así, en muchos pueblos y núcleos rurales, es la compañía eléctrica la que hace su propia previsión de demanda, quien instala nuevos tendidos en alta tensión, nuevos transformadores ... y refuerza las líneas de baja tensión ... y lo hace del modo que cree conveniente sobre la base de que es un servicio esencial, aunque no esté previsto en el planeamiento
así, si en un medio urbano dotado de servivio de electricidad alguien construye su casa, o un edificio de 5 ó 6 viviendas, solicita su acometida, paga lo que le piden como derechos de acometida ... y punto ... sin preocuparse de transformador ni de línea ... aunque en muchos casos lo que le cobran por derechos de acometida supera la tasa establecida e incluye una cantidad en concepto de refuerzo de la línea y del transformador
a quien construye una edificación o un grupo de viviendas unifamilares con una potencia en acometida de, por ejemplo, 105 KVA, la compañía eléctrica le exige en principio la instalación de un tranformador ... un transformador que ha de instalar en su parcela y ha de regalar a la empresa eléctrica ... pero puede ocurrir que la empresa eléctrica tenga ya suficiente número de transformadores y pueda hacer el suministro en baja tensión ... y en ese caso negocia con el promotor el suministro en baja tensión, de modo que le pide en concepto de derechos de acometida aproximadamente lo mismo que al promotor le costaría instalar el transformador, pero liberándole de tenerlo en su propiedad
también puede ser el promotor de un grupo de viviendas unifamiliares quien se lo proponga a la compañía eléctrica, e incluso puede solicitar la acometida a las viviendas de una en una ... e incluso puede que la compañía eléctrica tenga ya su propia previsión de instalación de un nuevo transformador en la zona
lo que yo le he propuesto a Gabilul es que lo mire con un abogado y que recurra el emplazamiento del tranformador ... fundamentalmente por si se diera el caso de que la compañía eléctrica y algún promotor hubieran llegado a un acuerdo económico ventajoso para ambos pero perjudicial para él ... porque la compañía eléctrica quizá pueda instalar el transformador donde lo tiene previsto, pero lo que no puede hacer es trampa ... y, si existe una actuación urbanística cuya demanda conjunta es superior a los 50 KVA, habrá de exigirle la instalación de un transformador en su parcela ... lo que quizá haga innecesario el transformador previsto a 10 metros de su casa
asease que cuando hacen un plan urbanistico o desarrollan una unidad de ejecucion no estan obligados a reservar espacio para los transformadores , como antes dices que si el transformador supera los 50 kva lo tienen que instalar en una parcela de la agrupacion.
(es por un caso similar.)
para mí es un artículo vacío, como tantos otros ... propaganda en lugar de política ... gestos en lugar de acciones ... la Administración está obligada a "...", pero, si no tiene interés o medios, sígase como hasta ahora, a mi dictado
en este caso indica:
La planificación ... deberá tenerse en cuenta en ...
En los casos en los que no se haya tenido en cuenta la planificación ... desconsidérese la planificación y sígase a mi dictado
véase la disposición adicional tercera, apartado 2, de la ley 13/2003, que viene a indicar:
En el supuesto de que tales obras vayan a construirse sobre terrenos no reservados por el planeamiento urbanístico, y siempre que no sea posible resolver las eventuales discrepancias mediante acuerdo, de conformidad con la normativa de aplicación, la decisión estatal respecto a la ejecución del proyecto prevalecerá sobre el planeamiento urbanístico, cuyo contenido deberá acomodarse a las determinaciones de aquélla.
míralo con un abogado ... y recurre el emplazamiento del transformador
si allí no había transformador, y fundamentalmente si un grupo de esas viviendas (no necesariamente todas) pertenecen a una misma actuación o a un único promotor y en conjunto su potencia instalada supera los 50 KVA, exige que lo instalen en una parcela de esa agrupación.
Quisiera plantear la siguiente duda.
Poseo una vivienda asilada en terreno no urbano (la vivienda es antigua y cumple la legalidad) y van a colocar un transformador de Iberdrola a 10 metros de la misma. Este transfoomador es para unas nuevas viviendas que van a construir a escasos 100 metros de dónde estamos (que sí es terreno urbano).
No sabemos si nos deberían haber comentado algo, o si existe una distancia mínima entre viviendas y transformadores.
En breve (años, pero no muchos, ya hay un plan) mi vivienda estará en terreno urbano.
Gracias u un saludo.