Hola, el nuevo límite a 110 solo va a durar hasta el 30 de junio (en principio).
De ser así, si se recurre una sanción impuesta en ese período, si al volver al límite de 120 ya no fuera sancionable o lo fuera en menor grado, ¿se podría aplicar la retroactividad de la norma más favorable?
Supongo que no, pero no sé el fundamento jurídico.
Si se puede aplicar. La retroactividad, me refiero. Lo que no se exactamente es si se puede exigir.
Pero se puede aplicar ¿quien va a protestar porque le apliquen una norma mas favorable?
De hecho, cuando se publico la ley 18/2009 que acababa con las sanciones de suspension del permiso de conducir, en todos los expedientes en los que estaba pendiente cumplir la suspension se aplico retroactivamente y no se exigio.
Bueno.... pero con cuidadin. Porque las sanciones notificadas mediante boletin, si no se pagan en el plazo de 20 dioas, o no se presentan alegaciones, a los 40 dias estan ya en via ejecutiva....