Estimo que puede tener actividad privada siempre que solicite le sea concedida la compatibilidad de la actividad pública con la privada, para ello deberá dirigirse al Secretario del Ayto. a fin de que le facilite el formulario correspondiente.
Hola compañeros. Me gustaría saber si un funcionario público ( trabajador de un Ayuntamiento) en régimen de interino puede tener actividad privada propia. Que se necesita para poder trabajar para la administración y en el ámbito privado?