Los menores de 16 años no pueden ser contratados.
Los menores de 18 años, no pueden realizar trabajos nocturnos, ni los trabajos declarados, insalubres, peligrosos, penosos o nocivos. tanto para la salud como para su formación profesional o humana.
Tampoco pueden hacer horas extraordinarias
Hola . Necesito saber que obligaciones tiene el empresario cuando el trabajador es un menor de 18 años , en cuanto a horario de trabajo, noctunidad y si puede trabajar en máquinas aunque sea en periodo de adiestramiento. Gracias.