Buenos días, primero revise el contrato de trabajo que días y horarios tienen informado.
Por otro lado, la modificación de los horarios de trabajo es una modificación sustancial de condiciones de trabajo, es decir, tendrían que tener su aceptación o informarla por escrito cumpliendo con los requisitos legales establecidos. Si cumple todos los requisitos, sólo tendrán opción de aceptarla o solicitar la indemnización de 20 días por año de trabajo.
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Trabajo en comercio. Nuestra empresa nos comunicó que en breve abrirán todos los domingos porque el ayuntamiento ha dado permiso para la apertura. Nuestros delegados sindicales y comités están todos amañados, están formados por hijos del cuerpo y encargados, es decir no podemos recurrir a ellos. Hablo en nombre de un grupo que está disconforme con la nueva, los más veteranos porque los que no, tienen miedo al despido. No entramos ninguno con estas condiciones y ahora nos preguntamos si podemos negarnos a trabajar en domingo. Además se pagará muy barato, a 9 euros la hora y si requieres día libre de descanso deberás las horas del día disfrutado.
Gracias