Buenos días a todos: a ver si me podeis ayudar con esto porque estoy bastante perdido. Tengo unos clientes que tienen en una delegación a un sola trabajadora. Esta trabajadora es comercial y está de baja por maternidad. Como las cosas no van muy allá, han rescindido el contrato de alquiler de la oficina y por tanto ya no hay centro de trabajo. Ellos quieren proponer a la trabajadora, que cuando se reincorpore, que trabaje desde su casa, con mismo sueldo, comisiones, etc. ¿Que pasaría si esta trabajadora se negara a trabajar desde su casa? No sé hasta qué punto hay una modificación sustancial de su contrato de trabajo. Si se negara, tampoco la pueden despedir reconociendo la improcedencia porque ella estaría en el período de lactancia, por lo que sería un despido nulo, si no me equivoco.
Os doy las gracias de antemano por vuestras respuestas. Un saludo.