Somos una comunidad de 12 vecinos, divididos en 3 portales. Cada portal tiene un patio de luces al que acceden 4 vecinos. Yo vivo en el segundo piso y los vecinos del primero han instalado un toldo en el patio el cual impide que pueda colgar la ropa en condiciones normales como se hacia hasta ahora.
Para instalar el toldo estos vecinos han consultado solo al otro vecino que vive en el segundo piso, pero a mi ni me han preguntado ni consultado y por supuesto estoy totalmente en contra.
Que puedo hacer?? A pesar de ser un patio de luces dicen que es suyo y que como lo han instalado en su "parte" no tengo nada que decir.´
Como tengo que proceder?? Ya que por las buenas no han querido solucionar el problema, como tengo que obrar??
Respondiendo a lo que pone en autor, tengo que decirle que en la actualidad no puedo tender la ropa ya que el toldo se come el espacio destinado a tal fin.
Por otro lado, desconozco lo que reza el estatuto de la comunidad, pero si puedo asegurar que no se ha pedido autorizacion escrita ni verbal a la comunidad ni se ha consultado a todos los vecinos afectados.
¿Que significa "colgar la ropa en condiciones normales?, porque es muy frecuente que la gente tienda sus sabanas y toallas de las esquinitas, para que no se arrugen y se sequen antes, quedando las ventanas del vecino de abajo totalmente tapadas. Desconozco si ese es tu caso, pero como norma general, uno no puede tender mas alla de la altura de su vivienda, es decir, que si quieres tender tu ropa estirada, tendras que situar el tendedero mas alto, de forma que tu ropa no cuelgue por debajo del nivel del suelo.
Respecto a la autorización de la comunidad, si es necesario que cualquier modificación de la fachada sea sometida a votación, pero si ya existen toldos en algunas de las viviendas, no es necesario volver a convocar una junta, solo mantener la estética en cuanto al modelo de toldo. De todas formas, no se hasta que punto se puede oponer la comunidad en la instalación de un toldo, es como si se votasen si se pueden instalar rejas o no.
No no, cuando hablo de condiciones normales me refiero a como se ha estado haciendo durante todo el tiempo que se lleva viviendo alli, durante los cuales no se ha molestado a la vecina de abajo con nada y mucho menos colgando la ropa larga y demas.
Insisto, no se trata de la fachada, sino de un patio de luces comunitario!!. Si fuese en su casa, por mi que haga lo que quiera, pero que yo no pueda tender la ropa en el patio de luces porque esta señora pone un toldo en un lugar que no es de su propiedad de forma unilateral... no lo veo yo muy correcto.
Alguna opinion tecnica al respecto?
Gracias por todas las intervenciones.
JoseD. Te puedes dar con un canto en los dientes con que te haya puesto un toldo, a mi me pretendian techarlo, en cuanto a la altura que puede colgar la ropa no te van a dar ninguna solucion, parece que en este foro solo contestan vecinos que viven en un primero. Al espacio que existe en el patio se le denomina vuelo y no pertenece a nadie con lo que no te pueden poner un limite de tendido solo la p0r educacion hay que tratar de no molestar.
Los patios de luces, aunque sean de uso privativo, son elementos comunes. Por tanto, para cualquier modificación o instalación, se requiere una reunión previa al respecto, con acuerdo unánime. El vuelo, las fachadas interiores...son elementos que "pertenecen" a la comunidad. ¿dónde y quién pone los límites para instalar un toldo o cubrir, total o parcialmente, con uralita o plástico duro un patio? Estoy en un caso similar: vivo en 1º; vecino del bajo se instala una cubierta que semi-cubre parte del patio. Se acabó tender como hasta hace 13 años. Ya se le ha notificado,pero persiste. Hay expediente abierto en Ayuntamiento y nos consta ya ha sido multado, pero persiste. Probablemente, habrá que optar por los Juzgados. Ha instalado sin permiso.
Para techar mi patio, yo sí tuve en cuenta de dejarle mas vuelo al vecino del que le corresponde, y a este le molesta por tema de seguridad, dice que si roban en mi casa pueden acceder a la suya por el cerramiento.