Anastasia, vaya, vaayaa, vaaya, que aquí si hay playa. En mi pueblo, los mayores decían jo y los críso decíamos cho, y cabuen en diez.
Pero pregunto con ansiedad, ¿par aque c.... quieren hacer subcomunidades?.
Hola dud@, he oído unos cohetes, esto quiere decir que ha ganado España?. y por cuantos? (si es que ha ganado, ¡Claro!), yo esque no entiendo de fútboles.
Espero y deseo que la información que te aporta pp. te sirva de ayuda para que puedas solucionar y llevar a cabo todo lo que te propones, en beneficio de todos los comuneros, pero procura que el cargo de Presidenta no te amargue la existencia. (hagas lo que hagas nadie te lo agradecerá).
No te ataques, Anastasia, solo era por saber si esos mensajes eran tuyos (te habías confundido "c" por "s") o esos mensajes los había mandado otra persona. Porque lo mismo yo mando un mensaje a "Anastacia" pensando que es "Anastasia" o viceversa, sólo era eso. Sigo con la duda, pero que se le va a hacer. Un saludo y perdona. Anastasia/anastacia.
Adios. ¡¡mujer!!.
pp
¡Usted sí que vale!
En mi portal casualmente no hay deudas. Somos todos muy formales.
Mira, duda, yo no tengo ni la menor idea de quiénes son las personas que envían mensajes al foro. No conozco a nadie. Son sólo eso, nicks, personajes desconocidos. Sólo doy importancia a lo que dicen. Aunque no niego que, a veces, por lo que dicen o cómo lo dicen te resulten más agradables unas personas que otras.
Así que habiendo tanta variedad, no acierto a entender el porqué tiene tanta importancia si aparece mi nick con "s" o con "c".
Saludos
Pues deduzco evidentemente que sus estatutos tambien lo contempla, despues de que el mio diga lo de crear subcomunidades redacta algo muy parecido al suyo, no dice exactamente subcomunidad pero da a entenderlo perfectamente,
"Regirá en las liquidaciones de gastos el principio de individualización del costo para cada elemento componente de la Comunidad siempre que fuere posible su determinación particular.
En proporción a sus respectivas cuotas de participación, considerando cada portal INDIVIDUALMENTE, sin tener relación a estos efectos con el resto de portales del Edificio
Mayoría de su Portal.
Le indico nuestros pasos:
1) certificado de que los comuneros que integran dicho portal están al corriente de pago.
No se puede hacer mientras tengan deudas con la comunidad original.
2) Recojer las firmas para crearse en subcomunidad, con el enunciado en dicha hoja bien clarito. Nombre apellidos,portal, piso, dni y firma
3)Convocar a los vecinos de dicho portal, a reunión para elejir junta directiva.
4)llevar dicha acta al registro,ellos visualizan el título y en plazo de 15 dias aprox, les llamaran para el libro de actas.
5)llevar el libro a hacienda, obtendra el cif.
6)Ir a una entidad bancaria y abrir cuenta con el cif
7) Despues de todo esto, informa a la comunidad( por buro-fax ) que su portal se creó en subcomunidad y que a partir del mes x, ustedes correran con los gastos que afectan a su portal, mande copia del acta y del cif, para que vean que estan en regla.
8) llame a todas las empresas, para renovar contrato con el cif nuevo de la Subcomunidad, y el numero de cuenta al que deben cobrar los recibos, o prescinda de sus servicios y contrate con otras.
anastasia, me parece que no me he explicado.
Han mandado unos mensajes, en el tema de Carlos con el nick "anastaCia", y quería saber si lo han enviado tú o a sido otr@, simplemente.
¿Y tú quién eres duda o dud@?
Yo lo que digo es que nunca pondría (¿? ni ¡!)
sin más.
pp
Ya he dicho que en mis estatutos la palabra "subcomunidad" no aparece sino exactamente lo que he escrito justo debajo de sus propias palabras:
"Ya he hablado con un abogado, que es administrador de fincas, me dice que es por mayoría. Así que mi planteamiento es bueno, si viene en los estatutos, por mayoría"
El siguiente post es el mío. Según eso,
¿se puede o no se puede? porque a lo que yo debo de atender fundamentalmente es a lo que aparece en el tïtulo nuestro y a su redacción. Si de dicha redacción no se deduce que se puedan constituir las subcomunidades... por eso insisto en la INTERPRETACIÓN.
Espero no aburrir.
Si está en sus estatutos, mayoría de su portal. Según el abogado que gano el juicio a la comunidad general, por eso le decia lo de la sentencia por mail, fuimos denunciados por la presidenta general.
Si no está en los estatutos, unanimidad de la junta general.Aunque ya comenté que se está planteando el modificar la lph, debido a la jurisprudencia. En nuestra sentencia, se dice que no es ilojico ni desorbitado el crear tantas comunidades parciales, como portales tenga un edificio, y que se viene contemplando desde el siglo pasado.
Felicidades por el ascenso, pp.
No quiero resultar pesada pero según marcan las Normas especiales más arriba redactadas (día 26)
¿Interpreta Vd que se permite constituir dichas subcomunidades?
SI: entonces mayoría del portal ¿vale?
NO: entonces unanimidad de la Comunidad General ¿vale?
(Resumiendo)
¿No hay puntos intermedios? Por la ambigüedad ya sabe.
Esto es muy importante para mí.
Si he de convocar una Junta con el Orden del Día, primero tendré que saber yo qué es lo legal porque si de lo mismo tengo tres opiniones diferentes y las tres de personas con cualificación profesional reconocida...pues ¡a ver!