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Título constitutivo

59 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 59 comentarios
16/01/2006 18:05
pues no. tenemos un seguro comunitario por portal.lo unico que tenemos en comun es un patio que es privado de uso publico (se encarga el ayuntamineto de su limpieza y supongo que de su conservacion) y dos portales (dif comunidad) comparten antena. se que esos dos portales cuando tienen que pagar algo de la antena lo dividen entre dos y pagan cada uno su parte de la factura.
hasta el momento no tenenomos ningun gastos comun (excepto el de la antena de esos portales)
perfil pp
16/01/2006 18:06
sres, si alguien está interesado en leer el titulo constitutivo del tema que me tiene dando vueltas dia y noche, se lo puedo fotocopiar y mandar.

Dick, se le comunico a los vecinos la notificacion en los buzones al igual que los actas con las decisiones.

Además que antes de que saliera presidenta, la que hoy en dia dice que todo es ilegal, todo estaba funcionando increiblemente bien con los presidentes anteriores desde el año 2003.
16/01/2006 18:10
¿si hubiese que pagar una reparación o reposición de tejado, como repartirian el gasto?
16/01/2006 18:26
pues no se. supongo que sería un problema adivinar que parte del tejado deteriorado pertenece a que comunidad para que pague la reparacion.
supongo que para ese caso sería bueno constituir una mancomunidad?
16/01/2006 20:54
La notificación en los buzones no es conforme a L.P.H. El buzón no tiene la consideración de domicilio.
16/01/2006 21:00
Dick; Por favor, el tema me preocupa:
La notificación en los buzones no es conforme a L.P.H. El buzón no tiene la consideración de domicilio.
Si no me equivoco, ?como la comunidad por ejemplo tiene que entregar sus Actas¿
?O en que casos¿
perfil pp
17/01/2006 08:29
Sres Damaot y Dick, el tema que nos tiene dando vueltas, a ustedes como tema de debate y a mi como afectado,pues como veo es muy complicado, y por lo que veo acabaré en los tribunales, porq las dos partes tienen razón.

Pregunto:

Aqui siempre se han notificado las reuniones y seguidamente sus actas por buzón, imaginen ustedes tener que mandar burofax por cada acta, el presupuesto se ampliaria bastante.
Por lo que si tienes razón, esto no tiene validez, aunque si estas abonando los pagos acordados durante años, ya estás reconociendo que recibes las notificaciones, ya que ahi figuran los incrementos en las cuotas.

Se podria entonces negar esta sra al pago de la subcomunidad del garaje, aunque se acordara por mayoria y este registrado como subcomunidad? Aun siendo contrario al titulo constitutivo y pasado el año de impugnacion, como menciona el art 18 de la Ley de Propiedad Horizontal?

O tendriamos que denunciar a la Constructora y Promotora Fadesa, por que la división horizontal no cuadra, y en este caso cuantos años tendriamos legalmente para hacerlo, ya que esta urbanización se entregó el año 1999.

Es que creo que vamos a acabar muy mal, ya existen enfrentamientos entre vecinos de ambos Bloques.

Se podria pedir audiencia con algún juez? ya que esto puede acabar con algún incidente desagradable?

Espero de verdad encontrar una salida, es muy mal ambiente el que se vive.
Gracias sres de antemano, por poner sus conocimientos y su tiempo en encontrar una solución a mi problema.


17/01/2006 13:40
Me sorprendes damaot.

Tan purista que eres para la mayoría de las cosas y en este caso, ¿estás disconforme?

Las comunicaciones deben realizarse en la forma prevenida en el artículo 9 de la L.P.H. Y los buzones no son domicilio. NO.

Saludos
perfil pp
17/01/2006 15:23
El art 9 de la L.P.H. dice en su apartado H, con que la notificación esté en el tablón de anuncios por el espacio de tres dias , tendrá total efecto jurídico.Y cierto es lo que dice Dick el buzon no es domicilio, juridicamente hablando.
17/01/2006 15:52
Dick; te estás delizando por un camino que desconozco; me he limitado a preguntar algo que este de dominio público y sin segundas; por la razón que expresas, las comunicaciones de Actas y cualquier acto oficial entra la comunidad y el propietario; ciertamente, según el artículo 9 en su apartado h y segundo párrafo, la ley fija las fórmulas; correcto, ya lo ha mencionado el compañero; pero no se hace así, tú lo sabes. ?Puedes decirme cuantas demandas han prosperado de propietarios que lo han hecho fuera de plazo amplio o de aquel que alega no haber recibido el Acta ni notificado en el portal¿. En mi comunidad jamás se ha escrito nada en el portal. Un porcentaje elevado de notificaciones no llegan a su destinatario, me refiero a las que se introducen en el buzon, por lo que leo,nó juridicamente aceptado; las notificaciones por acuerdos, fehacientes no existen y debieran ser obligadas en la ley, ¿ La fijación de notificaciones en lugar apropiado en el portal, como sabes no se utilizan en un 95Þ los casos, y ahora, con la ley de proteccion de datos, peor me lo pones. Por consiguiente, las notificaciones de acuerdos muy definidos, por ejemplo, donde se necesita la adopcion de votos por contribución total de propietarios o 3/5, NECESARIAMENTE TENIAN QUE SER POR OBLIGACION ,FEHACIENTES. Y por favor, no pretendía polemica.
17/01/2006 15:56
Estoy completamente de acuerdo que el buzón no es el modo correcto ni de citar ni de comunicar los acuerdos, etc. Pero en este caso, ¿implica que hay que ir casa por casa firmando los propietarios las convocatorias o recepción de documentos?
¿Qué sucedería si alguna persona que ha recibido de este modo dice que no ha recibido nada?
perfil pp
17/01/2006 16:20
Sres creo que tengo que dar por zanjado el tema que nos ha relacionado en este medio, porq si ni la misma L.P.H. tiene claro como se debe comunicar las reuniones y sus actas, tarea mas dificil veo mi problema, que los coeficientes no cuadran en dos bloque unidos, que encima el titulo constitutivo dice que es una comunidad.
17/01/2006 16:30
Creo que la LPH sí tiene claro cómo hay que hacer las comunicaciones. Lo que critico es que se hace mal y haciéndolo mal como se hace, ¿cuáles pueden ser las consecuencias?
17/01/2006 20:49
Perdona Lorea, la ley no aquí no hace lo mismo que cualquier organismo cuando quiere comunicar un requerimiento y a los efectos, tenía que ser lo mismo cuando en la comunidad se amañan acuerdos insultantes, por ejemplo, cuando se barajan grandes cantidades de dinero y ojo, por ahí no paso; para eso estoy aquí, para denunciar las formas y prevenir.
17/01/2006 20:55
Leo la ley y dice: "En defecto de esta comunicación se tendrá por domicilio para citaciones y notificaciones el piso o local perteneciente a la comunidad, surtiendo plenos efectos jurídicos las entregadas al ocupante del mismo"
¿Qué pasa si no hay ocupante?
Si no se entrega al ocupante, ¿no tiene efecto jurídico?
Habría que recurrir entonces a la diligencia, ¿no es así?
Para que la diligencia sea efectiva tiene que estar firmada por el secretario de la comunidad, con el visto bueno del Presidente.
Y si la convocatoria la quieren hacer el 25% de los propietarios y ni el secretario ni el presidente firman la diligencia, ¿ ésta no vale?
17/01/2006 23:23
Vaya, vaya, como rebuscas, sí sí claro y al pairo de tus dos últimas lineas:
"y si la convocatoria....." Pues eso; ?Como se las arreglan los del 25% para configurar una convocatoria en regla, si las cuentas, ect. por ejemplo, no tienen información;, piensa que cerca del 25% que promueven la convocatoria son presuntamente morosos o hasta lo son, pero nadie les pedirá el requisito exigido porque el mismo tiene que nacer del presidente o donde esté la documentación, que no quiere....; entiendo que la ley tenía que ser más precisa porque aquí en mi comunidad, se ha dado ese caso; por las numerosas irregularidades que llevo detectando durante años, tengo un enorme caudal de datos de todo aquello que somos capaces de hacer los humanos
Sobre el contenido de tu primer párrafo y el objeto de Dick a quien no pongo ningún pero, sencillamente porque sabe como es la ley, pero nunca dice como es la letra menuda o la que se deduce, nunca consistente para el contribuyente.
17/01/2006 23:33
Jo, damaot y ¿pairo que es?
17/01/2006 23:51
esto:pairo.

1. m. Mar. Acción de pairar la nave. Nos pusimos al pairo.
estar, quedarse, etc., al ~.
1. fr. coloq. Estar a la expectativa, para actuar cuando sea necesario.

?vale.¿ hoy, entre los jovenes se dice "estar a loro¿
?verdad¿
17/01/2006 23:52
Lorea, es una vozmarinera.

Significa que el barco se está quieto. Es como suelen estar los barcos fuera de los puertos para no pagar derechos de amarre.
"Estar al pairo"
Estarse quieto, y también no enterarse.
18/01/2006 00:07
hola discolo, !tú si que no paras quieto! Te veo poco por aquí.