Hola! Estoy casada por segunda vez y mi marido también es la segunda vez que contrae matrimonio. Yo no tengo hijos de mi matrimonio anterior pero él tiene dos. El caso que quiero plantear es: Vamos a hacer testamento ambos en el que estipularemos que, en caso de fallecer alguno de los dos, el otro será usufructuario vitalicio de los bienes que el conyuge deje cuando muera. Solamente tengo una duda: si mi marido fallece, aunque yo sea usufructuaria vitalicia de sus bienes, tendré que darles en ese momento la legítima estricta a sus hijas o habrán de esperar a que yo fallezca también para heredar lo que sea suyo?
Y algo más... El borrador que me presenta el notario, dice lo siguiente:
-En el testamento de mi marido:
Instituye herederas por partes iguales en todos sus bienes, derechos y acciones a sus nombradas hijas y demás que pudiere tener, y para el caso de que éstos no quisieren o no pudieren heredar, nombra como sustitutos a sus respectivos descendientes.
Lega a su esposa, con carácter alternativo y a elección de ella, el tercio de libre disposición en pleno dominio, más la cuota viudal; o el usufructo vitalicio y universal de toda su herencia, con relevación de fianza, y con el que quedara pagada su cuota legitimaria;
PREGUNTA: tendré que darles en ese momento la legítima estricta a sus hijas o habrán de esperar a que yo fallezca también para heredar lo que sea suyo?
Y en mi testamento dice:
Instituye heredero universal en todos sus bienes, derechos y acciones a su mencionado esposo
SEGUNDA.- Todas las disposiciones anteriores se entenderán realizadas sin perjuicio de las legitimas establecidas en cada caso por la Ley.
PREGUNTA: Si yo fallezo sin hijos (en el caso de que los tenga ya cambiaré el testamento a la misma forma de él)... cuando él fallezca, mi herencia pasará a ser parte de la suya, es decir, la cobrarán sus hijas.
Lo digo porque, ahora mismo, yo no quiero que eso sea así. Quienes serían mis herederos si no tengo hijos, si mis padres han fallecido y no tengo hermanos? Quiero que MI herencia, cuando él fallezca, si no tenemos hijos comúnes y mis padres no me sobreviven, pase a, por ejemplo, las hijas de una prima mía...