Buenas Viejika, se que esto es un poco viejo, pero somos una pareja de Amurrio en la misma situación! Conseguisteis algo con aquel terreno de tu abuelo?
Estimada lukata, no estaba claro en el anterior mail que la edificación ya estuviera construida. ¿Tiene algún expediente abierto? ¿De que fecha es la construcción? ¿La construcción tenía licencia de obras? ¿Lo gestionabas tu misma o algún propietario anterior? Sin datos, es difícil pronunciarse. Sí, me refiero a la delegación de Huelva. D. Jesús Barroso lleva estos temas. Los datos de la licencia y su posible legalidad te los facilitan en el ayuntamiento, aunque no sé si tu intención es levantar la liebre...
PD Si quieres preguntarme algún dato comprometido para el foro puede mandarme un privado y te atenderé sin compromiso.
Buenas tardes Salmo, ante todo muy agradecida por la rapidez de respuesta que me has dado...pero sigo "siendo pesaita...jejej..", la casa ya esta construida, al igual que la piscina, la capilla, el cuarto de bombas, etc...lo que ocurre que creo que la licitacion de estas obras no son "del todo legal...", cuando te refieres a que es la Consejeria de Vivienda, que me debo de dirigir a la de la provincia en si??. Saludos y siento ser tan pesadita...
Estimada lukata. Comp podrás ver en mi blog, soy también de Huelva. La pregunta ¿se podría? debe tener una respuesta afirmativa; sí, se podría. Ahora bien, el proceso es lento y debe estar muy bien justificado. Como está explicado mas arriba, se debe tramitar, previo al proyecto de edificación, un proyecto de actuación, en el que se justificara la actividad a la que pretendes vincular la vivienda (agrícola, ganadera, turística con casas rurales, etc...; si ahora mismo no existe, tendrá que existir en el futuro).
El proyecto de actuación se presenta en el ayuntamiento, quien lo tramita a la Consejería de vivienda y ordenación del territorio. En el ayuntamiento no te ponen objeciones y cobran un pico por la tramitación (en mi pueblo unos 1000 €). Una vez en la consejería de vivienda ya te pondrán muchísimos obstáculos para que no hagas tu casa en el campo, que en principio es la filosofía de la junta, a menos que esté muy justificada la necesidad de la misma.
Pregunta en el ayuntamiento por las condiciones urbanisticas (separaciones a linderos, superficie mínima de parcela, etc...) aunque con una parcela de 9 hectareas no tendrás problemas con eso, en principio. El salto dificil (no imposible) es la consejería.
PD. Si existe una casa vieja se puede someter a una rehabilitación integral ampliando volumen hasta un 10%.
Buenas tardes Salmo, me dirijo concretamente a ti por el tema de que comentas que estas puesto en la zona de Andalucia, aunque le estaria igual de agradecida a cualquier profesional que me orientara en las dudas que tengo....
Haber...en Zufre (Huelva), se podria construir una vivienda de unos 250 m2, mas una piscina, mas una capilla, una sala de bombar, placas solares, etc, en una finca de 8.8 hectareas?? supuestamente la licencia de obra la han subordinada a una explotacion agricola o ganadera, pero verdaderamente esa actividad no existe...Donde deberia acudir para informarme mejor sobre la legalidad de la construccion??. Gracias de antemano. Saludos
Creo que en este foro ya se ha reiterado de forma exhaustiva que una cosa es el catastro y sus calificaciones y otras es el planeamiento urbanístico que es el único que tiene capacidad para alterar clasificacions y calificaciones.
Tendrías que estudiar el historial "urbanístico" y no catastral de la finca para saber en que momento pasa de urbano (?) a no urbanizable o rústico. A mi me extraña que un suelo urbano, consolidado o no, se degrade de esta forma, pero en todo caso seguro que lo hizo un nuevo plan, o modificación del msimo. Enterate por el Ayuntamiento, pero olvidate de catastro, solo vale a efectos de superficie (y aun así se puede discutir) y de establecer los diversos umpuesto.
Insisito, aquí se habla de urbanismo y esto es igual a planeamiento.
Complementando lo indicado por Cicero, ademas de las determinaciones generalistas de la legislación urbanística de Euskadi, las construcciones y usos permitidas en suelo no urbanizable, dentro de un municipio, necesariamente deben contemplarse en su propio planeamiento.
En situaciones como la que describes, siempre es aconsejable solicitar la cédula urbanística de esos terrenos en el ayuntamiento.
La solicitud debe formularse por escrito y la contestación debe obtenerse de la misma forma. Lo que se indique en ese documento vincula a ambas partes, ayuntamiento y propietario.
Gracias a todos,yo de todas formas sigo mirando pq ahora leyendo bien las escrituras (que estan actualizadas del 2008) vemos que hay una parte urbana de 144m2 de solar donde hubo una casa(eso pone en las escrituras) pero resulta que se supone que en el catastro esta toda rustica,asi que estoy cabreada pq si ya pone que ese solar es urbano donde HUBO una casa,que ya se que ya no hay,pero ya lo pone en las escrituras.Por que me lo han quitado?.Eso estoy mirando a ver que consigo.
Si alguno sabeis algo os lo agradeceria.
lo que te ha respondido salmo1271, es correcto pero quería precisarte que además de el proyecto de actuación tienes que tener unos metros mínimos para construir que en Andalucia para rustico y secano es de 25000
Querría intervenir para insisitir en un aspecto y es que cada comunidad autónoma es distinta, por ejemplo, en la catalana, que es la mía, la edificación en suelo no urbanizable está totalmente restringida y en los casos de vivienda vinculada a ejercicio de actividad agricola, ganadera, etc tienes que acreditar que realmente existe y se desarrolla sino es imposible. Antiguamente con un certificado de que "ejercias" era suficiente pero ante la proleferación de señores "con corbata" que se decía agricultores la ley se puso muy rigida (y estoy de acuerdo con ello). Por eso habría que examinar la legislación específica del País Vasco para aconsejar este tema.
Te indico el proceso segun la Ley de Ordenación Urbanistica de Andalucía, que es el que conozco bien, aunque es muy probable que en el Pais Vasco el proceso sea análogo.
Antes de realizar el Proyecto Basico y de Ejecuión habitual de cualquier proceso edificatorio, se tramita un "Proyecto de Actuación", en el que se justifica los valores de la actividad a la que se va a vincular la vivienda, por ejemplo, agricola. Se indica la superficie plantada o a plantar, especies, producción y facturación esperada, etc... si ya ejerces la actividad con antelación es todo mucho mas fácil y rápido, pero no es condición sine qua non. En ese "Proyecto de Actuación" se incluye un anteproyecto, donde se especifica el volumen y la implantación de la vivienda. Aqui en Andalucía, eso se presenta en el Ayuntamiento, quien lo remite a la Consejeria de vivienda y ordenación del territorio; si los informes de la consejería son favorables, te lo comunican en el ayuntamiento, y ya el proceso a partir de ahí es el habitual. Los gastos iniciales no son excesivos, por unos 1000-2000 € puedes conseguir el Proyecto de Actuación, pero hay que esperar TIEMPO, entre un año y dos, para tener resolución favorable, despúés de alegaciónes, recursos, aporte de documentación requerida, etc...
Espero que te sirva.
Muchas gracias por contestarme salmo1271.
El terreno pertenece a amurrio (alava).
Me comentas que tienes un cliente que va a hacer vivienda vinculando a algo agricola y en realidad eso nos han dichgo que si podiamos hacer y nos lo habiamos planteado.Dices que es un proceso largo pero me podrias decir que deberiamos hacer y por donde empezar? mas que nada para mirarlo por si no podemos edificar de la otra manera.Gracias
Depende de la Ley Urbanistica de su Comunidad Autonoma. conozco Andalucia, donde solo se puede edificar tramitando un proyecto de actuación vinculando la vivienda a una actividad agricola o ganadera. Acabo de iniciar una obra en el campo, de un cliente que ha tramitado el citado proyecto de actuación (el proceso es largo).
Hola a tod@s.Soy nueva por aqui y quiero plantearos mi problema.Somos una pareja joven que siempre sueña en hacerse una casita en un terreno.Da la casualidad que mi abuelo tiene un terreno en alava de algo mas de 14.000 m2.Cuando el era joven habia una casa pero ya no existe.hemos ido al ayuntamiento para saber si podemos edificar y nos dicen que no y que tampoco podemos levantar la casa que habia ahí antes.Dicen que solo podemos poner una casa para una explotacion ganadera.¿Donde mas podemos acudir a parte del ayuntamiento para pedir que nos dejen edificar? Justo al lado del terreno hay una casa.Tambien nos han dicho que no dejan edificar pq el pueblo no quiere que las casas esten esparcidas ya que este terreno esta a las afueras pero para nosotors no es excusa.¿Cuantos metros se necesitan para poder edificar?Espero vuestras respuestas y os lo agradezco por adelantado