Hola,
Actualmente tengo en propiedad un piso que tiene acceso a una terraza que está situada en el tejado de otra vivienda que no es de nuestra propiedad. Mi piso está situado en un bloque familiar que se compone de 2 parkings en la parte inferior, de 2 pisos en el primer piso y de 2 pisos en el segundo. En la parte inferior, los dos parkings dan a un patio y al final de este patio hay 2 viviendas muy pequeñas de un propietario. Mi terraza corresponde al tejado de estas viviendas pero tengo acceso directo desde mi piso: hay un balcón que tiene 4 escalones que conectan con esta terraza. Cuando adquirimos el piso esta terraza ya estaba. Actualmente tenemos el piso en venta y el propietario de la vivienda donde está situada mi terraza, nos dice que tenemos que poner un muro en nuestro balcón para quitar el acceso a la terraza porque no es nuestro y que nosotros lo hemos podido disfrutar porque nos lo ha cedido pero que nadie más podrá porque si quiere hacer algo con esa vivienda o hay algún accidente, no quiere problemas. El piso no hay manera de que se venda por este motivo.
En el registro de la propiedad y en la escritura de nuestro piso indica que la vivienda linda por el fondo, con escalera de acceso a los depósitos y con vuelo del patrio trasero del departamento número X.
¿Qué podemos hacer?
Muchas gracias por la ayuda,
En su escritura figura algo de la terraza? Y en la escritura de obra nueva como figura?
No entiendo porque el piso no se puede vender
Tampoco entiendo el porque el vecino de abajo imponga condiciones.
Existe algun peligro el transitar por la terraza? No tiene muro ?
Habría que ver si en catastro, obra nueva, estatutos, escrituras o donde sea figura la terraza como elemento común de uso privativo. Lo normal es que siempre lo sea cuando solo se puede acceder a través de la vivienda.
Importante: ¿forma parte tu edificio de la misma comunidad/PH que esas viviendas? Porque si se ha abierto un acceso al terrado de otro edificio poniendo unos escalones, la cosa cambia.
La vivienda podrías venderla en cualquier caso, simplemente el comprador tendría el mismo problema que tú, si es el propietario de esa vivienda (si no es la misma comunidad) el que decide tapiarlo, por ejemplo, no tú.