Buenas noches, yo tengo la custodio de mi hijo pequeño de 2 años y el padre vive a 400 km en otra ciudad. En la sentencia nos asignan reparto de carga de viajes y el padre disfruta del regimen de vistas de fin de semana cada 15 dias y un viaje lo hago yo al mes y el otro lo hace el padre. En la sentencia NO viene nada de puentes. Dice literalmente que el régimen de visita de fin de semana se produce con entrega el viernes y recogida el domingo. Y vacaciones a dividir verano, navidad y semana santa.
Yo no tengo problema en que el padre disfrute los puentes escolares que están pegados a su fin de semana pero me exige que cuando me toque a mi viajar, le baje al niño a su ciudad a 400km desde el día ultimo lectivo aunque sea puente escolar pero no laboral! fiesta es solo jueves pero el viernes trabajo yo. Debo pedirme vacaciones ne mi trabajo obligatoriamente para bajarselo el miercoles por la tarde en vez del viernes? Una opcion sería que el padre venga a por el niño el miercoles si quiere pasar el puente con él pero no quiero eso y me exige que me coja vacaciones yo.
Otra duda: los fines de semana que le toca al padre subir a Vitoria quiere llevarse al niño a su ciudad a 400km porque dice que en la sentencia pone literalmente "la entrega se producirá en el domicilio materno" por poner entrega y no "visita". Por eso él quiere llevarselo para no estar en la casa de su tio que vive en vitoria o en un hotel pero mi hijo haria minimo 1600 km al mes: 800 del viaje que me toca bajarselo a mi y otros 800 del finde del padre. Esto es asi o se considera que el reparto de carga entre los padres tambien deberia aplicar al menor por su bienestar y no cargarle al pobre con doble carga de viajes? aunque no conduzca esta cansado, vomita y es un peligro estar en carretera tanto tiempo. Tiene él razón por el matiz de la sentencia de entrega y no "visita se producira en Vitoria"?
Otra duda: la hora de entrega los viernes pone que será en el domicilio que corresponda en cada entrega a la salida del colegio. Él cuando sube a Vitoria se presenta a las 22:00 o 21:00 cuando mi niño sale de la guarderia a las 17:30. Y se supone que sale del trabajo a las 15:00. Esto esta bien?
Yo la entrega en la casa del padre la hago a las 21:00 los viernes porque si salimos del trabajo/guarderia alas 17:00, vamos a casa y organizamos la salida...en total con atasco, ect llegamos a esa hora. Tambien en incumplimiento porque no es en la casa del padre a 400KM a las 17:30? No se ha tenido en consideracion el viaje.
Cuando tenga extraescolares en el colegio se cuenta eso tambien? o debemos salir a las 14:00 cuando el niño termina su jornada normal sin extraescolares?
Hay veces que el niño esta malo con fiebre y no puede viajar, tengo partes medicos con gripe, gastroenteritis, ect pero en el moemnto del parte no tiene fiebre porque llevo ami hijo con el paracetamol tomado porque quiero bajarle la fiebre cuanto antes y él me dice que como no consta fiebre en el parte ni especifica que no puede viajar eso Es incumplimiento. No está justificado?
Muchas Gracias!! Amparo
Si hay interpretaciones distintas posibles sobre un convenio se puede solicitar aclaración de sentencia. Mi opinión personal, si no dice otra cosa el convenio, es que si en los fines de semana alternos corresponde un viaje a cada uno, también lo será en los puentes escolares que no son sino una extensión de estos, no veo qué diferencia habría que sea un jueves o un martes a que sea un viernes o un domigo. Que tú tengas limitaciones por tu trabajo o no las tengas no debería ser un argumento respecto a las obligaciones y derechos de la otra parte.
Por otro lado lo que hay es un reparto de cargas, pero no una limitación de lo que puedas hacer tú el fin de semana que está contigo, ni de lo que pueda hacer él cuando está con él. Si se lo quiere a su localidad cuando le toca recogerlo en tu casa puede hacerlo, igual que si te lo quieres llevar tú a la playa o donde quieras los fines de semana que está contiguo. Tiene razón él, por tanto (siempre en mi opinión y bajo reserva de lo que diga exactamente el convenio), pues lo que hay es un reparto de dónde se producirán las recogidas/entregas alternativamente, pero podrá ir al cine, al pueblo, a la playa o donde quiera mientras se cumpla lo acordado en recogidas/entregas. Podría incluso pedirte que se lo llevaras tú el fin de semana que te toca hacerlo, y ese fin de semana llevárselo a Vitoria, sería muy -piiiip- hacerlo, pero como poder podría.
Sobre el horario entiendo que tendrías razón tú: se habla del horario escolar del menor, no del padre. Lógicamente cuando te toque llevarlo la entrega será a la salida del colegio más las horas que dure el viaje, pero cuando le toque a él será la salida del colegio, pues de nuevo sus compromisos laborales son cosa de él (igual que lo son para ti en el caso de los puentes). Por ahí podrías quizá negociar con él, llegar al acuerdo de que los recoja él los puentes, y que lo recoja más tarde los viernes, pero si no lo hay en principio entiendo que el juez diría eso: que te tocará llevarlo a ti los puentes, y a él recogerlo a la salida del colegio, siendo un incumplimiento del convenio cualquier otra cosa.
Las extraescolares se tendrán en cuenta como hora del salida del colegio si se le ha inscrito de mutuo acuerdo, si no no.
Saludos.