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tema sobre los m2 a construir

12 Comentarios
 
Tema sobre los m2 a construir
12/06/2005 12:35
tengo una finca rustica con casa en ella, el ayuntamiento me dice que puedo construir el 2% de la totalidad del terreno con 7 m. de altura, mi pregunta es ¿ puedo construir ese 2% pero al ser 7 m de altura puedo hacer dos alturas ? así lo entiendo yo, por favor necesito saberlo, mi ayto está en mallorca
gracias por toda vuestra ayuda
12/06/2005 21:08
Entiendo te indican puedes hacer una ocupación del 20%.
Los 7 mts de altura normalmente suelen ser "al alero"
Puedes repartir tus metros como quieras, pero los citados 7 mts. SI cumplen dos alturas.
12/06/2005 22:15
canosarq: leiste mi post en otro tema, en el que te comentaba el nuevo sistema de funcionamiento del foro? o es que te apetece cambiar de nombre? Te aclaro/recuerdo que ahora para entrar como usuario registrado hay que 'iniciar sesión', pulsando sobre el enace que hay arriba de todo de la página, a mano derecha.

Pero si te apetece cambiar de nombre es otra cosa...

Saludos.

cbg
13/06/2005 09:37
gracias canosarq, dos cosas, la ocupación es de 2% sobre un terreno de 2000 y la otra cosa es que un arquitecto me ha dicho que sólo puedo hacer ese 2% de ocupación total, entonces no me aclaro, 7 m. de altura y ¿ sólo una planta ? no me cuadra.Si no es mucha molestia ¿ me podrías decir donde puedo encontrar esa ley y como debo hacerla efectiva ante mi ayuntamiento ? Siento no exlicarme mejor
gracias
13/06/2005 10:23
Si el 2% es de ocupacion, podras construir los 7 m. de altura (si en la zona se admite esa altura).
Si el 2% fuera de edificabilidad ya seria otra cosa y solo podrias hacer una sola planta.
13/06/2005 11:12
gracias Lexis, pero una planta de 7 m. parece una incongruencia, pero bueno, la ley es la ley, lo que parece es que te dicen luego ilegalmente lo conviertes en 2 plantas.
me enteraré si es edificabilidad u ocupación, es que me da pena porque tengo la casa en escritura y aunque sea rústico, al menos podría hacerme una casita para vivir en el campo de 90 m, la escritura no pone los metrosde la casa, sólo que hay una casa.
gracias por todo y si sabeis más de este tema os lo agradecería
saludos
13/06/2005 20:12
Ya he entrado a través de "Usuario Registrado".
Gracias "Juanjo" por indicarme el camino.

elenamc: La ocupación que citas del 2% sería de 40 m2-. en un terreno de 2000 m2., por eso digo que no lo entiendo y creo te refieres a una ocupación del 20%. (Que por otra parte podría ser excesiva, dado que daría 400 m2 de ocupación)
En el hipotético caso del 2%=40 m2 con 7,00 mts de altura al alero, podrías edificar una vivienda de 80 m2. en dos plantas.
Creo que aquí lo que existe es un error de interpretación de Normativa de Aplicación, que donde mejor puedes aclararlo es pidiendo en tu Ayto. una Cédula o Informe Urbanístico de tu parcela, ajustada a la Normativa de aplicación que conste en el Plan de aplicación correspondiente.
Seguro que así salimos de dudas.
14/06/2005 11:09
al ayuntamiento fuí y me dijo el arquitecto que no sabía lo que podía, por eso y viendo un poco el no tener ganas de hacer o que quizás no le interese hacer, me gustaría saber yo la ordenanza y poder ir al ayuntamiento con las cosas muy claras y poder rebatir o afirmar y decirle al arquitecto o personal destinado a estos menesteres que es lo que se puede o no hacer y con ello que me den el permiso pertinente porque llevo 4 meses detrás de ellos y nada.
15/06/2005 21:14
Pide por escrito una "Cédula Urbanística" de tu terreno, con indicación de los Parámetros Urbanísticos según el Plan actual.
Si el arquitecto te contesta "por escrito" que no sabe lo que se puede hacer...!solicita -por escrito-que le despidan!
15/06/2005 22:21
jordieg=coriolis

mi última respuesta pertenecía a otro hilo....

ELENAMC... Cual es tu comunidad autónoma?... El 2% me recuerda a los 0,2 mt/ms de la LS56, suprimido por el TR76.

En todo caso, es preciso saber cuál es tu comunidad autónoma para conocer la normativa de aplicación.


Espero respuesta... Por otro lado la solución de canosarq relativa a la solicitud de cédula urbanística es también recomendable... aunque te harán pagar la correspondiente tasa.

Por ello, debieras confirmar el planeamiento de aplicación a tu parcela si es que lo hay.

Espero respuesta.
16/06/2005 09:00
mi comunidad autónoma es Baleares concretamente Mallorca y es una ley que se aprobó en enero 2005 de PTI, no se si te habré aclarado algo, espero que si.
Coriolis, a ver si me das algún dato más, te lo agradezco
Gracias
17/06/2005 07:51
la ley a la que me refiero es la del PLAN TERRITORIAL INSULAR por Union mallorquina y en ella según parece dice 2% del terreno pero no he podido aclarar los metros de altura,gracias
17/06/2005 13:56
en la escritura pone casa existente en ella, ¿ eso no tiene ningún valor ?