Si, mi intención es no pagar la tasa, lo que me preocupa es que viene por BASE ( Base Gestió d´ingressos locals de la Diputació de TArragona) por lo que mucho me temo que luego me venga con recargo y embargos y quien sabe que mas....
Quería presentar un recurso en el ayuntamiento pero no creo que eso pare la tasa ni su ejecución posterior con recargo...
Alga yo pago todos mis impuestos como el que mas y nunca he debido un solo recibo; ibi, basuras, alcantarillado, limpieza calles, todo, todo y todo...
Pero esto no creo que lo tenga que pagar por que no me estan dando ningun servicio que yo haya solicitado.
Gracias!
Doyaraki, si crees que te asiste la razón considerando que tus argumentos son fiel interpretación de la ley y por el contrario, las ordenazas reguladoras de vados y fiscal municipal ha sido aprobada vulnerándola, ¿ porque preocuparte por el recibo de la tasa ?, lo devuelves y asunto concluido.
Fanatron, como bien sabes, los servicios prestados por los ayuntamientos los pagan los ciudadanos que viven o tienen propiedades en el municipio.
Desde esa consideración, lo que no es entendible es que haya ciudadanos que pretendan que sea el ayuntamiento el obligado a sufragar costes asociados a los terrenos de los que son propietarios y, además, pretendan eludir contribuir al sostenimiento de los servicios que prestan.
Porque las consecuencias son siempre las mismas, en idéntica proporción que dejan de contruir algunos, lo sufren los buenos contribuyentes pagando lo que les corresponde y lo que no pagan los insolidarios.
Ahora bien, estos, exigir............ como el que más.
Alga, parece que se trata de una calle de un pueblo sin acera. Es decir, la fachada limita con la calzada. No hay vado porque no hay nada que vadear.
Si suponemos que la calle es suficientemente ancha para poder estacionar en ella, las más elementales normas de buena vecindad y el sentido común nos dicen que no se deben bloquear los accesos peatonales, garajes, puertas de establos, hornacinas de instalaciones, etc.
Lo que no logro entender es cómo se puede defender que los ayuntamientos pretendan sacar el dinero al contribuyente hasta por respirar.
El problema no es si quiero o no quiero encontrarme a alguien aparcado en mi entrada de parking (una con acera y la otra sin acera) y para evitarlo puedo poner voluntariamente un vado.
El tema esta en que me pasan una tasa que yo no creo que tenga que pagar por que en un caso no tengo acera por donde pasar y en el otro caso no uso la entrada mas que dos veces al año.... y al tratarse de una zona residencial nadie pone vado por que no aparcas delante por respeto entre los vecinos... ni yo aparco en la entrada de mis vecinos ni ellos en la mia...
Donde está la voluntariedad o necesidad de cada uno? si mi parking estuviera en una zona de playa de mucha concurrencia o en una zona comercial entiendo que si que tengo que poner vado por que la gente que va a la playa o a comprar no aparque donde primero pueda... pero lo demas es voluntario no?
no se si me explico bien...
No se devenga la tasa de vado si disponiendo de acceso para ello en el inmueble no entran y salen vehiculos.
En esa situación, dicho acceso no dispondrá de la respectiva placa con el número de autorización municipal y cualquier ciudadano podrá aparcar su vehículo frente a él, si las normas de vialidad no lo impiden, sin que el propietario del acceso pueda impedirlo.
Dorayaki sabrá si accede o no a su garaje, yo no lo se, aunque intuyo que si. Del mismo modo sabrá, si le conviene encontrase con vehículos aparcados frente a su puerta cuando pretenda entrar o salir del mismo.
Si no hay acera, banda ajardinada ni ninguna otra zona por la que se tenga que pasar para entrar o salir del garaje el ayuntamiento nunca podrá cobrar derechos de uso privativo por vadear algo de dominio público que no existe.
En el caso de que la fachada de un edificio limite directamente con la calzada, si el ayuntamiento quiere cobrar tasa por las entradas de garaje deberá justificar que existe un aprovechamiento privativo sobre la misma calzada por razón de esas maniobras de entrada y salida.
Si el uso de la entrada de garaje no implica entorpecimiento significativo del tráfico rodado o peatonal, uso excesivo del pavimento en las maniobras ni se causa perjuicio o peligro alguno, cobrar tasa por tener puerta de garaje es una canallada. Es equivalente a cobrar una tasa a los vecinos que entran y salen de su casa solo por tener una puerta que de a la vía pública.
Al supuesto de andar por las aceras la Ley no permite establecer ninguna tasa por la sencilla razón de que el derecho de uso de la acera es común a la generalidad de ciudadanos.
Es todo lo contrario a un derecho de uso privativo y especial como lo son las reservas para aparcamiento y los accesos de vehículos a los garajes a través de las aceras.
Ley Reguladora de las Haciendas Locales, artículo 20.3: «(...) las entidades locales podrán establecer tasas por cualquier supuesto de utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local, y en particular por los siguientes: h) Entradas de vehículos a través de las aceras (...)».
Supongo que habrá una ordenanza que lo regule, pero hasta que limite pueden poner libremente tasas?
Me refiero a que esta tasa desde mi punto de vista es ridicula, ya que el que paga vado es para que no le aparquen delante de su entrada de vehiculos y a muchos eso nos da igual.... entonces nos obligan a pagar esto?
no hay limites a la imposición de tasas? y si ahora se les ocurre una tasa por andar por las aceras del municipio? a eso me refiero a que son tasas claramente recaudatorias sin sentido y sin función alguna.... eso tiene que tener un limite no? o un criterio o algo no?
La legalidad provendrá de la aprobación de la ordenaza fiscal reguladora de la tasa.
No obstante, una reserva de la vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos o carga y descarga de mercancías, no es considerada utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público con entrada de vehículos a través de la acera ( vado ).
Hola,
no se si este es el foro o es otro, pero ahi va mi consulta.
He recibido del Ayuntamiento de mi pueblo una tasa que dice: "La tasa por entrada y salida de vehículos a través de las aceras pretende reducir la diferenciación entre el que dispone de reserva de via pública por aparcamiento (vado) y aquellas personas que hacen servir la via pública para un uso privativo com es el paso de vehículos de tracción mecánica"
Alguien sabe si esto es legal?????