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tarjeta regimen comunitario caducada

6 Comentarios
 
Tarjeta regimen comunitario caducada
06/02/2012 22:03
hola soy caro
queria pedri si me podian ayudar, lo que me ha pasado es que en julio del 2011 se me caduco la tergeta es un nie de regimen comunitario, soy chilena y llevo seis años casada con mi marido español , por despiste me descuide de la fecha no me habia dado cuenta que est estaba caducada, ahora tengo cita el 14 de febrero para llevar otra vez la documentacion, perdere todos los años que llevo aqui???
lo mas importante es que necesitamos urgente viajar a chile mi marido yo y mi hija queria que me ayudaran a ver que es lo que tengo que hacer,,, se los agradeceria mucho.muchas gracias por las molestias.

06/02/2012 22:48
Hola. Es importante que tenga en cuenta que usted no ha caído en situación irregular, ya que se halla en régimen comunitario. Pero sí ha cometido una infracción administrativa, que puede ser sancionada con multa.

Puede solicitar la renovación, pero corre riesgo de que le incoen un expediente sancionador.

Si usted se tiene que ir, como por su nacionalidad no necesita visado para cruzar las fronteras exteriores de la Unión Europea, puede regresar sin problemas.

Un cordial saludo.
07/02/2012 13:26
muchas gracias por su respuesta , lo que pasa es que yo fui a extranjeria de la policia nacional de vilanova, y el funcionario de extrangeria me dijo que si viajaba cuando volviera no me dejarian entrar en españa solo entrarian mi marido y mi hija.. es ese el miedo que tengo, hablando conm otra abogada me decia que no creia que eso pasese, pero nose que pensar, es importante viajar ahora a chile es por eso que no se que hacer. haber si me puede orientar.
mcuhas gracais por tomarse el tiempo de responderme.
07/02/2012 14:30
Hola.

Lo primero y más importante, es que solicite la renovación de su tarjeta sin perder un solo día más.

Luego, debe tener en cuenta que:

A) La calidad de familiar de ciudadano de la Unión puede acreditarse mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho. Si usted está casada con un español, esto puede probarse mediante la certificación literal de matrimonio, expedida por el Registro Civil español correspondiente.

B) El cruce de la frontera española, que es al mismo tiempo el cruce de la frontera exterior de la Unión Europea y del espacio de Schengen, se rige por la normativa de la Unión Europea y espacio de Schengen, que básicamente, establece un listado de países a cuyos nacionales se les exige visado para el cruce de las fronteras y a quienes no se les exige visado, esto, sin perjuicio de acuerdos internacionales bilaterales que los Estados miembros puedan concretar con Estados extracomunitarios. Siguiendo esta línea, su país, Chile, se halla en el anexo de países a cuyos nacionales NO SE LES EXIGE VISADO para cruzar las fronteras exteriores de la Unión Europea, por lo que, siempre que viaje provista de su pasaporte en vigor, podrá cruzarla sin problemas. Como usted está casada con un español y tiene prueba suficiente de ello, aun cuando no tenga la tarjeta en su poder o en vigor, si llegasen a requerirle alguna prueba, es cuando debe mostrar el certificado literal de matrimonio y si quiere, también el Libro de Familia.

Distinto sería que usted fuera nacional de un país que requiriera visado para cruzar las fronteras exteriores de la Unión Europea, porque entonces, sí tendría que o bien tener su tarjeta en vigor, bien solicitar una autorización de regreso o si se le extraviase la tarjeta en el extranjero, solicitar un visado a efectos de cruzar la frontera española, porque el visado, en lo que respecta a familiares de ciudadanos de la Unión, tiene exclusivamente la finalidad de permitir el cruce de la frontera, ya que, en ese sentido, la normativa los somete a la regla general de exigencia o no exigencia de visado, según la nacionalidad que tengan.

C) Una reciente reforma del Real Decreto 240/2007, que buscó sobre todo hacer la normativa española lo más próxima al espíritu de la normativa de la Unión Europea sobre la materia, refuerza lo anteriormente dicho, al manifestar que, sin perjuicio de la obligación de los familiares de solicitar la tarjeta de residencia como familiar de ciudadano de la Unión, puede acreditarse tal calidad y por ende, el hecho de ser beneficiario del régimen comunitario, mediante cualquier medio de prueba admitido en Derecho.

Un cordial saludo.
07/02/2012 15:12
agradezco que exista gente como usted, que se dediquen a ayudar y aclarar dudas de la gente, me ha dejado mucho mas tranquila, este dia 14 de febrero tengo cita para dejar toda la documentación y ver si no pierdo todos los años que llevo viviendo aqui en españa , muchas gracias por todo la semana que viene viajaremos a chile y muchos mas tranquilos, llevare el libro de familia y el certificado de matrimonio.
muchisimas gracias por todo.. estoy muy agradecida.
26/02/2020 18:39
caritochl
Necesito información sobre mi caso específico. Soy cónyuge de un ciudadano comunitario. Mi tarjeta de residente caducó en el 2013. Era la tarjeta temporal.Nosotros dejamos de residir en España desde el 2012. Solamente hicimos una baja consular en la embajada Argentina. Ahora regresamos y me gustaría saber qué trámites debo realizar para pedir la residencia nuevamente. Gracias
27/02/2020 07:46
Carobe
Tienes que iniciar de nuevo el trámite para la obtención de una nueva tarjeta (inicial) de familiar de ciudadano de la Unión Europea. Exactamente igual que hiciste la primera vez.