El plazo con el que cuenta la Administración para expedir la tarjeta es de TRES MESES, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud.
Hasta tanto, el resguardo que debió haber recibido al momento de presentar la solicitud, es suficiente para acreditar la legalidad de su permanencia en España.
Si presentó la solicitud a partir del pasado 24 de abril, estará paralizada, a la espera de la Instrucción de la Dirección General de Inmigración, del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, sobre la aplicación de la reforma.
La presente 23 de marzo. Que significa ese ultimo parrafo. Nueva reforma????? Por q esa paralizacion??? Y cuanto puede alargarse la misma. Yo es q ya casi cumplo los 3 meses y nada!!!! GRACIASSSSSE