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tarjeta comunitaria de familiar

1 Comentarios
 
Tarjeta comunitaria de familiar
10/05/2011 17:19
hola,
estoy casada desde 2005, y registrada en 2006 aqui en españa, mi marido es español, tuve en mi matrimonio violencia domestica y maslos tratos , vivo con mi famila , porque el no tiene trabajo y no mantiene la casa, trabajo en alicatne , ahoraen me llega la renovacion de la tarjeta comunitaria , la tengo tramitada hace un mes, ahora mi marido me amenaza a que nos divorciamos, el divorcio afecta mi tarjeta, ya que llevo 5 años trabajando , en espña continuamente,

me pueden orientar un poco que debo hacer?????
10/05/2011 20:59
Hola. Si su marido es español, usted es titular de una tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión; si continúa casada, seguirá teniendo derecho a la tarjeta, ya que solo se pierde el derecho cuando se dicta sentencia en un proceso de divorcio y ésta adquiere firmeza. A partir de esa fecha, se tiene un plazo de 6 meses para solicitar la modificación a régimen general.

En su caso, tiene una ventaja mayor: ha cumplido o está por cumplir 5 años con la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión, por lo que adquirirá o ya ha adquirido si ya los cumplió, el DERECHO A RESIDIR CON CARÁCTER PERMANENTE. Su nueva tarjeta, en régimen comunitario (sigue estando sujeta a él mientras siga casada, aun cuando esté separada de su marido), ya vendrá con la indicación de que tiene derecho a residir en España con carácter permanente.

Ni la demanda, ni la tramitación del divorcio, afectan a su tarjeta. Solo la sentencia, cuando es firme, tiene como efecto hacerla salir del régimen comunitario y concederle el plazo de 6 meses para que modifique al régimen general. Pero, según lo que usted indica, ni siquiera se ha presentado todavía una demanda de divorcio, solo ha habido una amenaza verbal, que se queda solo en eso.

Pero, como ha quedado indicado, al haber adquirido usted el derecho a residir con carácter permanente, tiene una ventaja muy superior. Aun cuando se divorcie, eso no la afectará, ya que, como cualquier persona con derecho a residir con carácter permanente, tiene, al mismo tiempo, derecho a trabajar en igualdad de condiciones que los españoles.

Un cordial saludo.