la administración demandada en un pleito, propone como testigo en el mismo a un tecnico municipal. En aplicación del articulo 377 de la LEC, podría tacharse al mismo por estar en relación de dependencia con la parte proponente?
aqui va la contestación a la pregunta por mi formulada: una administración no puede proponer como testigo a un tecnico que haya participado activamente en el expediente administrativo por ella tramitado. La única forma de que este preste declaración en el contencioso es por medio de la confesión, prueba esta que únicamente la puede proponer la contraparte, pero nunca la Administración