Estando en una gran duda sobre si existiera jurisprudencia al respecto, me gustaría me ayudarán pues así me lo piden superiores, si LA SUSTRACCIÓN DE PLACAS DE MATRÍCULA es en principio (sin llegar a su utilización para la realización de otro menester), calificada como DELITO O HURTO, me gustaría si alguién supiera jurisprudencia al respecto.
Gracias anticipadas.
Jurisprudencia, ni idea, pero mi opinión es que para que sea robo hay que ejercer una fuerza para acceder al lugar donde la cosa que se va a sustraer se halla. Al estar prohibido en penal la extensión analógica de los tipos entiendo que sería un delito de hurto si la placa excede en su valor de 400 euros, si fuera menos, hurto.
Gracias thenwas, pero el vehículo se encuentra en la vía pública, y la duda estriba en si el mero hecho de quitar las placas de matrícula (documento público), estando sujetas con remaches o simplemente con tornillos, al ejercer la fuerza para la sustracción de las mismas se puede considerar un delito, es por eso la busqueda de jurisprudencia.
Sin ser profesional del Derecho, te daré mi opinión:
- Creo que a lo que se refiere Thenwas es que para considerar el hecho como robo con fuerza en las cosas, esta "fuerza", que no tiene porqué ser física, debe ser "para acceder al lugar donde se encuentran", lo que no se da al retirar o arrancar de alguna forma las placas de matrícula, ya que no se utiliza la "fuerza" para acceder a ningún lugar.