Dudo mucho que su sindicato le haya ofrecido lo que usted dice, seguramente lo ha interpretado mal, usted puede ser nombrado Delegado Sindical y por ello participar con voz pero sin voto en el seno del Comité de Empresa.
Vera para ser Delegado de Personal, verdadero miembro del Comité con voz y voto hay que haber formado parte de la candidatura así que cuando un miembro del Comité cesa de su cargo lo sustituye el siguiente de la candidatura por riguroso orden y si se diese el caso que se agotase el número de candidatos pues quedaría sin cubrir esa plaza hasta que se convocasen elecciones parciales para cubrir esas bajas.
En cuanto a si el Delegado Sindical goza de los mismos dichos de protección por supuesto, la única diferencia es que participa en el Comité con voz pero sin voto y que éste delegado solo se encarga de los afiliados a su sindicato.
Hola. Mi sindicato me ha ofrecido ser miembro del comité en sustitución de otro compañero. Soy afiliado pero no estuve en las listas. Puedo pasar a formar parte del mismo con las mismas garantías que cualquier otro miembro del comité?
Muchas gracias