A ver, yo entiendo que si la causa de la contratación es la sustitución de un trabajador de baja por enfermedad (o sea, con reserva al puesto de trabajo), el tipo de contrato que procedería es el de interinidad.
La duración sería la que dura la baja por enfermedad del trabajador sustituido, por lo que no sería necesario concretar la duración en el contrato (eso sí, se debería precisar la causa y el trabajador sustituido). En le momento de que el trabajador enfermo obtuviera el alta el contrato se consideraría extinguido.
Respecto a la jornada,creo que solo podría ser parcial si el trabajador sustituido también está contratado a tiempo parcial.
Hola, alguien me podría decir que tipo de contrato habría que hacer para cubrir una baja de una trabajadora por IT contratada para realizar labores de limpieza, a tiempo concreto.
Sería eventual por necesidades de la producción?, en realidad la baja durará cmo mucho dos semanas, la persona que la sustituya vendría un par de horas 2 días a la semana. Tendría que ser por escrito porque sería a tiempo parcial, pero tiene que tener una duración determinada.
Sería de una semana de duración y después en su caso se presetna una prórroga?
Si es a tiempo parcial hay que determinar los días y horas en los que va a trabajar , no?
os agradecería una respuesta
Gracais
Existe algúno otro contrato para estas situaciones?
sería posible hacer un contrato de obra en el que la duración viniese determinada por la duración de la baja y la obra fuera las labores de limpieza de la empresa durante el tiempo de la baja?