Buenos días a todos,
Recientemente he empezado a estudiar y me surgen dos dudas viendo los apuntes, espero que no sean ridículas, disculpad mi ignorancia:
1. Qué diferencia hay entre suspensión del fallo y suspensión de la ejecución del fallo?
2. Por qué considera el autor que es un retroceso que la ley no incluya la suspensión del fallo, sino que establezca únicamente la suspensión de la ejecución del fallo?
Muchísimas gracias, toda contestación será de vital importancia.