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Suspendido subsidio mayores de 52 años por venta de piso heredado

17 Comentarios
 
Suspendido subsidio mayores de 52 años por venta de piso heredado
21/06/2023 23:32
Con fecha 21 de junio 2023 he recibido esta resolución en la que se me suspende el subsidio para mayores de 52 años, porque incumplo el artículo 274 y 275 de la Ley General de la Seguridad Social al sobrepasar el computo mensual del 75% del SMI por la herencia de un piso de mi padre y que he vendido por valor de 111.000€.
Entiendo que según el cálculo que enuncia el artículo 275. 4 de la Ley General de la Seguridad Social, no rebaso el 75% del SMI ya que:
HERENCIA POR VENTA: 111.000€
Interés legal del dinero en 2023: 3,25%
Salario mínimo interprofesional 2023: 1.080€
75% del SMI: 810 €
El 3,25% de 111.000€ son: 3.607,5€ % 12 meses: 300,62€
810 x 12: 9.720€ seria el max. Del SMI
En mi caso con 3.607,5€ solo llego al: 37,12%
Agradezco me asesoren si mi cálculo está bien realizado y estoy en mi derecho de continuar cobrando mi subsidio de mayores de 52 años.

Saludos
21/06/2023 23:50
Manu201
Muy buenas, si ha heredado y ha vendido es posible que haya obtenido una plusvalía (diferencia entre valor de adquisición y valor de venta).
23/06/2023 15:40
Manu201
Por los datos que proporciona, el subsidio está bien suspendido.
Los cálculos que hace no son correctos.
Esos 111.000 euros debe dividirlos entre 12 meses, que da como resultado 9.250 euros, que supera ampliamente los 810 euros.
A partir del siguiente mes, SI hay que calcular el rendimiento presunto del 3.25%, y si no tiene otras rentas SI tendría derecho a poder reanudar el subsidio.
Saludos.
23/06/2023 16:10
Jujo
En la venta de un inmueble heredado, TODO es ganancia patrimonial para el SEPE.
Saludos.
23/06/2023 16:47
annego72
Gracias annego72, pero no entiendo ¿por qué el primer mes no?, el cálculo qué usted me indica es el mismo que he hecho yo, si a esos 9.250 € que usted saca de dividir 111.000 entre 12 le aplica el 3,25 % de interés legal del dinero para este año 2023, pues da un resultado de 300€ muy inferior a lis 810€ del SMI.
23/06/2023 16:57
Manu201
No es así;
Al primer mes le imputan los 110.000 euros en su TOTALIDAD; suspensión por un mes.
Para el segundo mes, 3,25% de esos 111.000, y ahí (si no tiene otras rentas) podría solicitar la reanudación.
Ahí está la clave.
Saludos.
23/06/2023 16:59
annego72
Al primer mes le imputan la RENTA en su totalidad.
Al segundo mes y sucesivos , le imputan los RENDIMIENTOS del patrimonio.
23/06/2023 17:10
Manu201
La venta de una herencia es un pago único;
Léase el artículo 7 del RD 625/1985 de 2 de abril, que es donde viene reglamentado la forma de interpretar las rentas en los subsidios y por qué un mes hacen una cosa, y al siguiente o siguientes meses lo hacen de otra.
23/06/2023 19:37
annego72
Muchas gracias annego 72, ahora si lo he entendido. Entonces según esto, ¿me suspenderan el abono del subsidio un mes y al siguiente me tendrn que reaunudar la percepción al aplicarme el 3,25 % y no superar el 75% del SMI?, ¿es correcto?.

Saludos cordiales
23/06/2023 19:46
Manu201
Efectivamente.
Si no tiene otras rentas que en su conjunto no superen los 810 euros, solicite la reanudación del subsidio después del mes de suspensión.
Saludos.
23/06/2023 19:50
Manu201
OJO, la reanudación debe solicitarla Usted.
En la resolución de la suspensión del SEPE que debe tener en su poder se lo especifica.
23/06/2023 22:00
annego72
Muchas gracias annego 72, aunque me surje una duda, con los 111.000 de la venta más un poco ms, proximamente voy a comprar un piso para alquilarlo, una vez que me reanuden el subsidio, ¿me van a estar contando esos 300€ del 3,25%?, me refiero a que si yo alquilo el piso que compre por 600€ ¿hay algn problema?.

Saludos cordiales
23/06/2023 22:15
Tendrías que ir al SEPE para acreditar e informar de :
1) Que con el dinero en metálico heredado te has comprado una segunda vivienda (dejarán de aplicarte el rendimiento presunto a ese dinero )
2) Que esa segunda vivienda la tienes alquilada y que percibes una renta por alquiler (deberás llevar contrato de alquiler)

Ojo que esa vivienda comprada, mientras no alquiles, te van a aplicar el rendimiento presunto del 3,25% del valor catastral.
Cuando la alquiles te imputarán la renta real por alquiler.
24/06/2023 09:40
Muchas gracias annego72, ¿cuánto dura esta situación?, entiendo ¿qué esta situación de aplicarme el 3,25% de interés, dura un año a partir del 17 de mayo que es cuando vend el piso?.
Por otro lado, creo haber leído qué se aplica el 50% del interés del dinero del 2023 que esta a 3,25, por lo que me aplicarian el (1,625%) de los 111.000€ durante un año, ¿es correcto?
24/06/2023 09:46
La aplicación del rendimiento presunto se mantiene mientras no haya cambios en tu patrimonio.
Y es el 100 % del interés del dinero (Art. 275.4 TRLGSS)
13/07/2023 18:06
Hola. Yo cobro el subsidio para mayores de 52 años y la pensión por viudedad. Ahora me han devuelto el dinero de la entrada de un chalet que compré en el 2008. Ese dinero lo he invertido en pagar ese crédito, mi pregunta es, me van a quitar el subsidio?
13/07/2023 18:13
lovalenba
Analicemos:
Le están devolviendo ahora el dinero de la entrada que Vd. ya abonó en 2008 de la compra de un inmueble.
Si eso es como dice, NO hay ganancia patrimonial; le están reembolsando un importe ya pagado.
Y por ello no tiene que informar de nada, ni le van a quitar nada.
Saludos.
13/07/2023 23:41
Muchísimas gracias. Pensaba que tendría que pagar aunque no lo encontrará lógico .