Si un funcionario de un ayuntamiento se ausenta de su puesto de trabajo durante su jornada laboral, abandonando sus funciones para impartir clases en una universidad. ¿Estamos ante un supuesto de prevaricación? En este caso concreto la persona que está realizando este tipo de acciones no tiene solicitada la respectiva compatibilidad laboral, además con el consentimiento del político.
¿A quién hay que exigir responsabilidad? ¿Existe alguna sentencia al respecto? Gracias.
Manuel.