Hola hace 2 meses alquile un local, al realizar los tramites de alta para el suministro de agua la empresa encargada me indica tras entregar toda la documentación que se me deniega el suministro hasta que se pague una deuda antigua de una póliza antigua. ya he realizado las quejas pertinentes por los canales de consumo y la suministradora me sigue indicando que hasta que la deuda no sea resuelta bien por mi o por el que figure en la póliza tal no me dan suministro. mi pregunta es si es legal este tipo de practica ya que en industria me dicen que es lo normal pero nadie me indica si es legal o no y en los decretos y artículos que me indica la suministradora no me queda claro la legalidad de denegar un suministro nuevo con una póliza nueva.
gracias de ante mano
Grosso modo la respuesta es que lo que le están diciendo NO es legal.
Todo lo más, como muchííííííííííííííííííísimo sería responsable el propietario del local, no usted que es el inquilino.
Dése cuenta de que nadie le cita ninguna norma o artículo, simplemente le dicen que tiene que pagar y punto.
Yo una vez me vi en esta situación y lo que hice (y le aconsejo que haga) es lo siguiente:
1.- pague la deuda, sobre todo si no es mucho dinero. Es que de lo contrario no le darán agua y su negocio estará perdiendo dinero.
2.- guarde los resguardos de pago y demande a la empresa del agua para que le devuelvan lo que haya pagado.