Buenas tardes. Mi abuelo era un afamado constructor que al parecer tuvo varios hijos fuera del matrimonio donde sólo tuvo una hija. Su empresa cerró por temas judiciales. Por ello para no responder judicialmente. Vendió todo su patrimonio formado por pisos y tierras a mis padres y su sociedad de gananciales sobre el año 1990. Es decir por negocio jurídico en vida de venta ante notario... . El caso es que falleció y pidió la incineración por lo que no quedan restos. Mis preguntas son:
1 la prueba de paternidad no pueden hacérsela a el pero y a mi madre? Debería ella prestar su consentimiento o es obligada si lo decide un juez es decir se podría realizar prueba alguna para reconocer esa filiación?
2 el negocio jurídico de hace casi 30 años se podría anular por un juez después de tantos años o sería contrario a la buena fe y la equidad. Es decir mi abuelo falleció sin nada a su nombre esos herederos no reconocidos tendrían alguna opción...
Saludos
Las pruebas de paternidad, si no hay restos del padre, se suelen acordar por aproximación, es decir, por la concurrencia de parientes en primer grado del difunto. Se necesitan más de una, puesto que el hecho de que figure una hija reconocida no significa que biológicamente fuera hija real. Pero si se extrae de hermanos e hijos se puede hacer un cuadro genético. Como lo normal es que el demandante presente precisamente la acción contra esos parientes en primer grado, si estos rehúsan la prueba (toma de saliva con un bastoncito de algodón, menos de un segundo) suele declarar que, efectivamente, el difunto es el padre.
En cuanto a la prescripción del negocio jurídico, si el mismo es absolutamente nulo, jamás habrá redención y no computará un solo día en favor de la prescripción, porque lo que es originariamente nulo no alcanza pureza jurídica con el paso del tiempo.
Hermanos mi abuelo no tiene. Y el hecho de negarse a que mi madre se haga la prueba ya determina por si que el juez sentenció la filiación? Yo supongo que harán falta: pruebas fehacientes de una relación entre mi abuelo y la mujer repudiada. Supongo que para admitir a trámite. Luego la negativa de mi madre entiendo que puede bloquear y no determinar por ende la paternidad. Sino habria cientos de pruebas y cientos de filiaciones por no hacerse dicha prueba salvo casos donde se obre con mala fe manifiesta. Luego el negocio jurídico está desde hace 30 años inscrito en el registro de la propiedad y catastro y los impuestos e hipotecas pagadas. Las terminaron de pagar mus padres. Creo que para remover un negocio jurídico inscrito hace una treintena de años hara falta muchos motivos de peso. Espero mejor respuesta.
Usted no está esperando mejor respuesta, sino la respuesta que case con su propia visión del asunto, a fin de que le corroboren su enfoque, y no se va a conformar con otra cosa. Por lo demás, usted no tiene que "esperar" nada porque no ha pagado nada para que le sirvan. Con esa redacción analfabeta es difícil que le entiendan.
Le pido disculpas si me exprese mal o ustred me entendio mal. No queria decir que su respuesta nmo fuera buena, me parece ajustada a derecho totalmente. Lo que queria decir es que si alguien puede aportar otra respuesta mejor juridicamente hablkando, no la que mas me guste a mi... ya usteed vera si con su forma de referirse ami hace o no bien, yo me exprese mal quise decir algo asi como otra aportacoon mas ... es una forma de hablar o expresar como cuando se pone salvo mejor respuesta.... su respuesta me parece perfecta. Un negocio juridico nulo de pleno derecho no prescribe y es susceptible de anulacion pero hay que ver tambien el principio de equidad y dejusticia y de buena fe ya que han pasado muchos años, esta inscrito en todos los registros y en escritura publica. Luego el tema de que debe hacerse a un hermano de mi abuelo la prueba me parece coherente puesto que puede no ser hijo biologico suyo. Saludos. Y disculpe, encima de que me ayuda no se moleste su respuesta fue muy buena.
He leidomas sobre el tema, soy licenciado en derecho desde hce mas de 10 años pero no ejerzo, soy funcionario desde hace 8 años y medio.
Tengo la siguiente pregunta, el negocio juridico de compraventa simulada, antes no ahora, se hacia con el notario en esritura publica y se firmaba que efectivamente se percibia un precio cierto por el vendedor. Ahora si se exige que se adjunte una copia de un documento acreditativo del pago, pero como habria que proceder si se trata de una compraventa de hace mas de 25 años... es dificil demostrar la percepcion de un precio cierto... ademas las hipotecas las terminaron de pagar los padres. Tanto vivienda como otro inmueble. Luego además estaría la dificultad de proceder con la prueba de filiacion, si se ha incinerado el cuerpo y no tiene hermanos vivos habria que exhumar algun pariente, hermano o padre del abuelo. Sería cuanto menos difícil, además de que exigiría una carga probatoria muy grande respecto de una relación extramatrimonial. Lo veo difícil