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sucesión hereditaria

12 Comentarios
 
23/03/2010 13:23
Lo primero, muchas gracias ABQ, Salomonico,Isd2, asi como tod@s aquellos que han podido o han intentado aportarme nuevas ideas en un asunto tan complejo como es el que se le ha presentado a mi tia.
Haré caso de vuestros consejos, ciertamente estoy en total acuerdo con salomonico respecto a que este aparecido hijo "pródigo" poco podrá arañar, mas teniendo en cuenta que la nacionalidad de mi tia es española, y recurriremos a un especialista acerca de que puede estipular la jurisdicción boliviana al respecto.
De todas forma muchas gracias, es de agrado y de gran ayuda este foro, mas para un principiante como yo.
un saludo compañeros.
28/02/2010 23:57
Leyéndote confirmo tu afinado saber, gracias por aclararme tu género ABQ.

Espero que me perdones pero a mi parecer el tema es muy sencillo a tenor del relato factual de ser así: la legislación aplicable es la española y no veo cómo el hijo "pródigo" recién aparecido le puede hincar el diente al dinero de la tía de la persona protagonista de tan interesante consulta, siempre que no le lleve el caso un cualquiera.

Si me permites, te recuerdo pues doy por cierto que ya lo sabías cuáles son los enemigos de un abogado por orden: el procurador, has de estar tú como letrado pendiente que no se le pasen los plazos al contrario de lo que debería ser, el cliente por malicia, mintiendo a su consejero legal, o por negligente o desordenado: casi siempre te toca bregar cuando la cosa está que arde.

Y por último, el mismo abogado en resumidas cuentas: bastantes ni saben las normas elementales comunes para poder tirar del hilo y arrimar el ascua a los intereses de su poderdante.

Ya he visto demasiadas barbaridades.
perfil ABQ
28/02/2010 11:40
Seguramente tienes razón salomonico, excepto en lo de jurista afinado, que no es a mí a quien corresponde opinar, pero creo que estamos de acuerdo en que el tema es complejo y debe asesorarse mejor fuera de ese foro. Gracias por tu opinión. Por cierto, en todo caso sería afinado, no afinada.
28/02/2010 02:16
Cierto ABQ aunque se trata en realidad de un tema de reenvío; dependerá de lo que diga la ley boliviana sobre cuál es la ley aplicable en esta cuestión por así disponerlo la española común.

En la duda, matizo.

Lo normal, siendo boliviano el tío es que en materia competencial sucesoria diga lo mismo Bolivia que España a diferencia del marco anglosajón que se rige por la última residencia.

Por otra parte su fallecido tío era boliviano como el hijo anterior a su matrimonio, según parece. Sin embargo de su tía no comenta su nacionalidad que presumo iuris tantum que es española y por ende es el ordenamiento patrio español el que rige tal situación.

Eres jurista afinado/a.
perfil ABQ
27/02/2010 01:07
Sinceramente, y sin mal rollo, creo que tu tía debería consultar con un abogado (o si prefieres, con un notario, que es gratis) Creo que estos foros están bien para pillar la idea, pero es mucho lo que está en juego y es complicado el tema. Isd2 ya te ha dado una explicación trabajada, pero la vida suele ser más complicada que lo que viene en los libros. En teoría el derecho aplicable sería el boliviano, pues no debemos olvidar el Artículo 9 del CC.:

1. La Ley personal correspondiente a las personas físicas es la determinada por su nacionalidad. Dicha Ley regirá la capacidad y el estado civil, los derechos y deberes de familia y la sucesión por causa de muerte.

Por cierto, yo también estudié en Granada... hace más de 20 años, pero no me importaría volver.
26/02/2010 21:28
Yo ya te dí mi opinión, y creo que es correcta.

Por cierto, yo estudio en ugr, granada. Ya te hartarás en 4º de sucesiones....
26/02/2010 19:11
Por favor, a ver si alguien me puede aclarar que pasos debe seguir mi tia para que su patrimonio no vaya a parar en manos de un desconocido.
Gracias de antemano.
24/02/2010 13:41
gracias Isd2, yo estudio en la UCAM de murcia, y tu?? claro que esto no tengo ni idea, si que en Civil 1 tocamos la parte general pero no tengo muchos conocimientos acerca del derecho de familia y sucesiones.
Bueno, gracias por la aclaración y espero que papino aporte su opinión para asegurarnos un poco mas.
un saludo compañero!!
22/02/2010 20:45
Jajajaj, yo también soy estudiante de Derecho, de 3º y 4º, así que poco puedo saber más que tú (bueno, sucesiones y familia se da en 4º, y no me ha ido mal...:D).

Yo en un principio creo que todo lo adquirido desde el matrimonio es 50% de cada uno de los conyuges, si es en gananciales. Por lo tanto, de todo lo que se adquiriese desde el matrimonio es de los dos a partes iguales. Y por ello, deberá heredar este señor toda la parte del padre, sin prejuicio del usufructo del tercio de mejora que tendría tu tía. De la mitad de tu tía, o de lo que ella heredase de su familia, aún estando casada con tu tío, este señor no tiene derecho a nada, pues se aplicaría lo llamado reserva troncal (si no me equivoco). Lo que tu tía hubiese adquirido antes del matrimonio coneste señor no se contaría en esta partición, pues son bienes privativos suyos por haberlos adquirido antes de la creación de la sociedad de bienes gananciales.

Eso siempre que hablemos de derecho común, y no foral.

A ver si Papino responde, que él si es letrado.. ;D, y seguro que en caso de error nos sabrá corregir adecuadamente.

Por cierto, en que universidad estudias? A ver si vamos a ssr compañeros de clase y nos hemos hartado de cafés o birras juntos, aunque yo seguramente sea mayor que tú...:-)
22/02/2010 18:18
Lamentablemente mi tio no hizo testamento, lo tenia preparado para notaria, pero le vino el infarto.
Ellos estaban casados en regimen de bienes gananciales, ahora los bienes gananciales aportado son en un 90% de mi tia, ya que mi tio, era diabético y no trabajaba.
El problema es que si aparece como titular de de la casa que compraron, una vez fallecido, ya que no habia testamento, se realizó la sucesión hereditaria a nombre de sus 2 hijos, sin contar con este otro que obviamente nunca se supo nada de el.
Mi tia está aterrada sólo con la idea de pensar que aquello que se ha hecho ella con tanto sacrificio ahora pueda ir para el disfrute de un extraño.
Muchas gracias Isd2 y papino. Soy estudiante de 3º Derecho, y claro en 1º, estos preceptos me dejaron marcado.
gracias de antemano compañeros.

Un saludo!!!
19/02/2010 11:25
Me asombra su nick justinianeo.....prreciosa y vigente definición de lo que debería ser la justicia.

"Iuris praecepta sunt haec: honeste vivere alterum non laedere, SUUM CUIQUE TRIBUERE."
Los preceptos de la justicia son estos: vivir con honradez, no hacer daño y dar a cada uno lo suyo.

Y a la espera de que respond a ami compañero, le añado más cuestiones:

.- Aportó bienes su abuela al matrimonio? (de ser gananciales los posteriores)

.- ¿Hizo testamento su tío?

18/02/2010 21:24
se casó en bienes gananciales o en separación de bienes?
Sucesión hereditaria
18/02/2010 17:32
hola tengo una seria duda, respecto a una tia mia, resulta que se casó con mi tio desgraciadamente fallecido hace tres años ( el era boliviano). Y ahora por cosas de la vida, se entera ella que mi tio tenía un hijo anterior a su matrimonio, el cual reside en España y mas concretamente en Murcia, ahora este chico que tiene ya 40 años, está en contacto con mi tia constantemente.Pero ella no se fia ya que parece meramente por interés. El problema está en que mi tio, lo reconoció alli como hijo legitimo y lleva su apellido.
Ahora, mi tio trabajaba por cuenta propia con lo cual no tiene vida laboral, además era diabetico y era mi tia quien sustentaba el hogar. Mi tia, es odontologa jubilada, y ahora tiene miedo que este señor le quite su patrimonio, reclamando su parte.
que nos aconsejais, ya que existen pruebas documentales y testigos de que mi tio no trabajaba, que nunca habló de este señor, a pesar de tenerlo reconocido. A nombre de mi tio tampoco esta ningún bien, ya que fué mi tia quien adquirió todo los bienes familiares.
Espero que podais ayudarme.ya que tengo a mi pobre tia que no pega ojo pensando en que se puede quedar sin los bienes que tanto sacrificio le ha costado.
gracias.

un saludo!!!