¿quien le concedio la ayuda? Solo se puede fracionar en cuatro partes la Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE). Cualquier otro tipo de ayuda para adquirir vivienda (ayudas estatales diferente a la AEDE, Ayudas CCAA, etc) no se puede imputar en cuatro años, debrera integrarla como ganancia patrimonial (a la parte general)de forma integra en el ejercicio en el que la cobre, y sin reduccion del 40%
El año pasado adquiri una vivienda de proteccion oficial, por lo que me concedieron una subvencion de unos 20000 euros. ¿Como tributan? ¿puedo imputarlos en 4 años o tengo que imputarlo todo este año reduciendo un 40%?
gracias.