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Subvención ayuda a vivienda.

2 Comentarios
 
23/04/2008 00:49
¿quien le concedio la ayuda? Solo se puede fracionar en cuatro partes la Ayuda Estatal Directa a la Entrada (AEDE). Cualquier otro tipo de ayuda para adquirir vivienda (ayudas estatales diferente a la AEDE, Ayudas CCAA, etc) no se puede imputar en cuatro años, debrera integrarla como ganancia patrimonial (a la parte general)de forma integra en el ejercicio en el que la cobre, y sin reduccion del 40%

Un saludo
22/04/2008 17:19
Efectivamente lo puedes imputar en 4 años o reduciendo un 40 % en caso de este mismo año.
Tienen la consideración de Incrementos Patrimoniales.

Un saludo.
Subvención ayuda a vivienda.
22/04/2008 14:17
El año pasado adquiri una vivienda de proteccion oficial, por lo que me concedieron una subvencion de unos 20000 euros. ¿Como tributan? ¿puedo imputarlos en 4 años o tengo que imputarlo todo este año reduciendo un 40%?
gracias.