Me han informado que me quitaban el subsidio por pasar de las rentas, cobro viudedad 381 €, poseo una vivienda, pero vivo en casa de mi madre, con mi hija que cobra orfandad 190 €, y mi hermano. Mi madre está en una residencia de la comunidad de Madrid (tiene medio cuerpo paralizado), mi madre me tiene en la cartilla, al igual que yo la tengo a ella, no se si el quitarme el subsidio puede ser por la vivienda que poseo o por la cartilla en la que consto con mi madre, aunque ella es la titular. No me han dicho por que me paso, y estoy muy intranquila, gracias por su atención. Elena
Cuántas pagas tiene tu pensión de videdad? si son 14 (dos pagas extraordinarias) hay que prorratearlas, por lo que tus rentas serían 444.5 euros, más las rentas de capital inmobiliario, si no la tienes alquilada hacienda le imputa un rendimiento, ése es el que tiene en cuenta el SEPE, y rendimientos de capital mobiliario, cuenta corriente, avisa al SEPE que esa cuenta es de dos titulares.
si sumando todas esas rentas superas los 483,98 euros mes, te suspenderán el subsidio, si llevas superando rentas durante más de un año, el subsidio ya está extinguido.
Consulta en la Seguridad Social, si tu pensión de viudedad está complementada, si es así, y si todavía no se ha extinguido tu subsidio por llevar superando rentas más de 12 meses, que te calculen si superas rentas renunciando al complemento de la pensión de viudedad.
Gracias por su contestación y su rapidez, la vivienda no está alquilada, está en un pueblo de Ávila, y no se cuanto puede ser el rendimiento, ¿cómo puedo saber el rendimiento?. La vivienda la tengo desde que cobro el subsidio y nunca he tenido problemas, hasta ahora, no se si habrá cambiado la ley, donde puedo documentarme más detalladamente?, gracias por todo y sobre todo por la ayuda que dan.
Elena.
Buenos días, me han dicho que me pasaba del 75% del salario mínimo y me han suspendido el subsidio de mayores de 52 años, al final creo que es porque yo tengo una casa en y ahora tengo como residencia habitual la casa de mis padres en Madrid, para ayudar a mi hermano que estaba sin trabajo.
¿Es legal estar empadronada en Madrid, y poner la vivienda habitual en La Adrada, Ávila?. Yo voy y vengo siempre que puedo a mi casa, si estoy empadronada en Madrid es por ayudar a mi hermano, y que mi hija pueda tener un mayor futuro tanto en los estudios como en un futuro trabajo. Gracias por su atención
Buenos días de nuevo, he encontrado una página de la sede electrónica del SEPE, y he encontrado mi expediente, y en él se dice que puedo volver a solicitar el subsidio para mayores de 52 años, causa de renovación "terminación de contrato temporal", yo no he trabajado desde 2011, en el cual estuve trabajando 7 meses, y se me interrrumpió el subsidio, al terminar se me volvió a reanudar, y nunca más he vuelto a trabajar, hoy he conseguido mi vida laboral y mañana tengo cita en el inem, pero ya me ha caducado el tiempo para reclamar, estoy en una situación desesperada y ha sido un error de ellos, pero hasta hoy no sabía por que se me había suspendido el subsidio, 3 veces fui al inem para que me dieran razón, y nada. Por favor ¿que puedo hacer en esta situación?. Agradeciéndoles la atención que siempre me han dispensado. Elena Sierra
Si el subsidio lo tienes suspendido, como parece ser, por superar rentas (el 75% del SMI) sólo podrás reanudarlo cuando dejes de superar ese límite de rentas y siempre que desde la fecha de la suspensión hasta el momento en que dejas de superar rentas, no hayan transcurrido más de 12 meses.
La única solución que veo es que vuelvas a poner como vivienda habitual la que tienes en propiedad, así dejarás de tener esos rendimientos de capital inmobiliario que te imputa hacienda. En cuanto a la actuación del inem, no parece que hayan incurrido en error alguno. Cuando comprueban tus rentas (supongo que lo hicieron cuando hiciste el controlde rentas anual) detectaron unos rendimientos de capital inmobiliario que antes no tenías.
Otra opción que tienes, para el caso de que no quieras cambiar tu empadronamiento por las ventajas que te proporciona, es consultar en la Seguridad social, si tu pensión de viudedad está complementada (las pensiones de viudedad muy bajas son elevadas con complementos) si es tu caso, pregunta en cuánto te quedaría la pensión de viudedad renunciando a ese complemento y si así dejarías de superar el límite de rentas para seguir cobrando el subs 55 (no significa que sea tu caso, pero te pongo un ej. pensión viudedad de 270euros euros el gobierno la complementa a 330 euros -complemento 60 euros, subidas ipc -3 años por ej.- total 360 euros, renuncias al complemento 60 euros, pensión final 300 euros)