buenos dias y gracias,
he recibido una carta de hacienda de una multa que recurri, la carta es la siguiente:
subsanacion de defectos (ley 58/2003)
Con el fin de proceder a la reglamentaria tramitacion de la reclamacion economico-administrativa de referencia interpuesta por usted ante este tribunal regional debera proceder, en el plazo de diez dias habiles contados desde el siguiente al recibo de la presente, a cumplimentar lo dispuesto en los articulos que a continuacion se indican con una X, bajo apercibimiento de que, en caso de no verificarlo en dicho plazo, se declarara la inadmisibilidad de su reclamacion.
X- firmar el escrito de interposicion (Art. 2 R.D. 520/05, de 13 de mayo.)
mi pregunta es: ¿solo tengo que ir a firmar o tengo que hacer otro escrito? o es la resolucion?
gracias y buen fin de semana...