Buenas tardes.
Hara un mes un inquilino de mi suegra fallecio, teniendo varios hijos viviendo con él, o eso creemos, pues viven "ciento y la madre".
Es un alquiler de "renta antigua". Hemos visto que han pagado el primer mes, días después del fallecimiento del inquilino, alguién que se ha hecho pasar con el inquilino, este mes ha pagado uno de los hijos del inquilino fallecido, con el nombre y datos bancarios diferentes de los habituales.
¿Aceptamos ese dinero sin existir comunicación por parte de los hijos del fallecido?. ¿Respondemos indicando la obligación que marca el art16 de la LAU y apartados conjuntos, como saber quién de ellos se acogera al alquiler?.
Todos ellos son mayores de 25 años y no tienen discapacidad alguna, debido al constante idas y venidas no sabemos quién de ellos ha estado mas de 2 años anteriores a la fecha del fallecimiento -24 de junio de este año-
Agradecería respuesta inmediata. Gracias