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Subrogación y representación laboral

1 Comentarios
 
06/10/2014 20:44
La empresa cliente es el ayuntamiento y les pasan a la diputación bien esto es una subrogación y lo que no me gusta nada es lo que dice les pusieron a firmar, en una subrogación ustedes solo tienen que recibir un comunicado y nada de finalizar con una y pasar con otra.
Luego pregunta si deben respetar los puestos en una subrogacion pues se deben espetar pero en el futuro la diputación así como el ayuntamiento pueden reducir el cto con la empresa prestadora del servicio.
En cuanto a la 3 pregunta usted cambia de empresa cliente pero sigue trabajando para la empresa que presta el servicio, la que usted denomina como X y por tanto sigue perteneciendo al comité de empresa, por lo que ustedes no pueden hacer elecciones para delegados y con les llamen a votar podrán hacerlo para ese comité así que lo de coincidir no cabe, ustedes podrían en todo caso formar una candidatura y presentarse para las elecciones de ese comité, dijese que en el censo aparecerán todos ustedes.
Esto que le he dicho anteriormente responde a su vez a la 4 pregunta.
SMO
Subrogación y representación laboral
06/10/2014 18:54
Antes de nada, saludar y agradecer a todos los que se tomen el tiempo de leer las siguientes lineas, en las que me gustaría plantear varias cuestiones.

Trabajo para una empresa X de más de 800 trabajadores que tiene la contrata de limpieza, recogida de basuras y eliminación de las mismas, con el ayuntamiento de una ciudad A. Concrétamente yo trabajo el vertedero municipal de dicha ciudad A, en la parte referente a la eliminación de las basuras, junto con otros 35 compañeros.

Ahora, por decisiones políticas, el ayuntamiento ha cedido la propiedad del vertedero a la diputación provicincial D para que sea ésta la que gestione las basuras.

La empresa X para la que trabajo, era concesionaria de la contrata hasta finales del año que viene 2015. Y han llegado a un acuerdo entre las 3 partes (empresa X, ayuntamiento A y diputación D) para que siga gestionando el vertedero mi actual empresa X hasta que acabe la contrata.

Seguimos en la misma empresa X, pero ahora recibe el dinero correspondiente al vertedero de la diputación D en lugar del ayuntamiento A. Y nos han hecho firmar 2 documentos de subrogación. Uno en el que
"...la empresa X cesa la relación laboral con usted derivada de la contrata con el ayuntamiento A..."
y por el que nos han pagado la parte de pagas y demás correspondiente hasta la fecha de la subrogación.

y otro documeto en el que informan
"...la diputación D se subroga en los derechos y obligaciones derivados del contrato que el ayuntamiento A tiene con la empresa X hasta el 31-12-2015..."

Una de las cuestiones que más me preocupa es
1ª.-¿tendría la diputación D que mantener los puestos de trabajo y el convenio a partir del 1 de enero de 2016?

en el caso de que la diputación D opte por subcontratar la gestión del vertedero, ya sea a otra empresa Z o en la que actuámente me encuentro X
2ª.-¿tendrían la obligación de mantener los puestos y las actuales condiciones?

No había comentado, que el convenio colectivo firmado con la empresa X actual, tiene vigencia hasta el 31-12-2016.

Por otra parte, la representación de los trabajadores en mi empresa X recae en el comité de empresa (al ser más de 800). Ninguno de los miembros del comité trabaja en el vertedero, y durante el proceso no hemos recibido ninguna información por su parte y tenemos sospechas de que como vulgamente se dice...."estan comprados".
Por lo que he visto en el estatuto de los trabajadores, como centro de trabajo de más de 30 trabajadores, podríamos elegir 3 delegados de personal en el vertedero. Pero mis dudas son

3ª.-¿Sería el vertedero un centro de trabajo? ¿Tendríamos derecho a elegir nuestros 3 delegados propios? El vertedero está en la misma ciudad que las oficinas y el resto de zonas, y no sé dónde se podría comprobar si la empresa lo ha registrado como "Centro de Trabajo", pero supongo que sí ya que ahora incluso la facturación de gastos de mantenimiento, personal.... y demás se hace a parte del resto de la empresa.

4ª.- El mes que viene hay en la empresa elecciones al comité, y de momento, nosotros participaríamos en ellas. En caso de tener derecho a elegir nuestros propios delegados, ¿habría algún problema en que el proceso coincidiese o fuese poco después de las elecciones al comité central?....ya que los plazos andarían muy justos....

He tratado de exponer todo el asunto lo más cáramente posible. Disculpad si me he extendido mucho, y no dudéis en preguntar si es necesaria alguna aclaración más.

Muchas gracias y un saludo.