Tengo un contrato de alquiler firmado en junio de 2008. Ahora que se acerca la fecha de actualización de la renta, y como el IPC de mayo no se conocerá hasta junio, con lo que la actualización de la renta no podría ser efectiva hasta la mensualidad de julio, pretende cobrar a posteriori la variación correspondiente a junio, que no habrá podido aplicar porque todavía no se habrá publicado. Puede reclamarme esa cantidad o no podrá hacerlo porque la mensualidad ya habrá sido cobrada?
Hola adverser. Su arrendador NO podrá actualizar la renta hasta que TRANSCURRA ÚN AÑO desde la celebración del contrato( Día X de Junio de 2009), por así establecerlo el art 18 de la LAU 1994.