Hola. Les agradezco muchisimo esta ayuda!
Soy colombiana embarazada y mi esposo es ruso. Yo quiero que mi hijo sea español, pero creo que si el padre se inscribe como padre no podrá adquirir nacionalidad española??
Por otro lado leí antes en este foro que apenas el niño nace y es inscrito, debe tramitarse un expediente registral en el registro Civil. Me toca hacer todo eso sola. Con cuánto tiempo cuento para hacer ese trámite después del parto? Puedo tener la documentación lista antes del parto? En donde obtengo mas información sobre ese proceso?
Y por último, aproximadamente cuanto tiempo demora ese trámite (que mi hijo obtenga la nacionalidad española) ?
Y luego yo y mi hija de 11 años?
Gracias y que Dios los bendiga! !
Hola. Olvidé una pregunta: si llevo menos de tres mese en españa (aún estoy como turista) puedo recibir asistencia medica gratuita o que debo hacer??
1.- No indica si usted está casada o si sólo es pareja de hecho con el padre de su hijo : si está casada, regirá la presunción de paternidad de su hijo respecto de su cónyuge. Si no está casada, tendrá el padre del menor que reconocerlo en la forma prevista legalmente.
2.- La inscripción del nacimiento únicamente da fe del hecho del nacimiento de una persona en España. La filiación quedará establecida como antes ha quedado dicho: si hay matromio de los padres, regirá la presunción de paternidad del padre; si no hay matrimonio, el padre tendrá que reconocerlo.
3.- Para que un hijo de padres extranjeros nacido en España pueda ser considerado español de origen es necesario que la legislación nacional de ninguno de los progenitores le atribuya al hijo su nacionalidad de manera automática e incondicional desde el nacimiento. La legislación colombiana no atribuye la nacionalidad desde el nacimiento, pues exige un acto posterior ( la inscripción en el consulado de Colombia) para que se produzca la atribución de su nacionalidad. Pero en cambio la legislación rusa sí atribuye su nacionalidad desde el nacimiento de manera automática e incondicional, por ius sanguinis, a los hijos de ciudadanos rusos nacidos fuera de Rusia. Por ello, hijo de colombiana con ruso es ruso y por ello no puede ser considerado español de origen y si se incoase un expediente registral con esa finalidad, el resultado será negativo al no cumplirse el presupuesto legal.
Debe tener en cuenta que lo que determina que sea o no posible que un hijo de extranjeros nacido en España pueda ser considerado español de origen es la falta de atribución de una nacionalidad por la legislación del país de nacionalidad de cualquiera de los progeniotores. El fundamento es evitar la apatridia originaria de los menores.