Hola. No indica su nacionalidad, ni la circunstancia que le hace hallarse en la posibilidad de solicitar la nacionalidad española por residencia con solo un año.
En todo caso, el tiempo de residencia debe haberse cumplido íntegramente, según la nacionalidad o circunstancia en la que se encuentre y debe cumplir con las siguientes condiciones:
- Ser legal, es decir, basada en una autorización de residencia o reconocimiento de derecho de residencia concedido o reconocido por el órgano competente de la Administración General del Estado, de acuerdo con la normativa de Extranjería.
- Ser continuada, esto es, sin que haya habido interrupción de ninguna naturaleza. Se produce interrupción cuando ha permanecido fuera de España por tiempo superior al establecido como límite en la normativa, de acuerdo con el tipo de autorización o derecho de residencia del que sea titular.
- Ser inmediatamente anterior a la petición: debe haberse cumplido totalmente el tiempo de residencia requerido y la persona haber estado residiendo y residir no solo legal, sino también real y efectivamente en España al momento de presentar la solicitud (no cabe por tanto, por ejemplo, que la persona haya residido un año, se marche fuera de España y regrese a presentar la solicitud luego de un tiempo, alegando que en su momento ya cumplió el tiempo requerido, pues a ese momento ya no cumplirá el requisito de que su residencia sea inmediatamente anterior a la petición).
La solicitud se la debe presentar en la fecha para la que se le concedió cita. Pero, en esa fecha, debe haber cumplido y seguir cumpliendo con todos los requisitos exigidos. Aun cuando no tenga trabajo en España, lo importante es que resida en España legal y real y efectivamente al momento de presentar la solicitud y los documentos (los medios de vida los puede acreditar por cualquier medio de prueba admitido en Derecho, no es imprescindible e indispensable estar trabajando o haber estado trabajando en España, pues bien pueden sus recursos provenir desde el extranjero o de otra persona a cuyo cargo usted se encuentre).
En la entrevista en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, que se lleva a cabo con la finalidad de elaborar el informe que preceptivamente debe recabarse del Ministerio del Interior, se requerirán documentos que acrediten que usted reside en España de manera real y efectiva y por eso mismo, también se le pedirá que comparezca personalmente, sin perjuicio de que se coteje con los datos de entradas y salidas del espacio de Schengen que puedan constar en el Registro Central de Extranjeros.
Hola,
Estoy actualmente cumpliendo mi año de residencia legal, tengo todos los documentos para justificarlo (trabajo, empadronamiento etc.) pero mi cita es para marzo 2015 (estoy en Barcelona). En el caso de no poder estar hasta 2015 en España por falta de trabajo (tengo oportunidades para trabajar en Francia), aun asi podria presentarme a la cita y entregar mi expediente o solo se puede solicitar la nacionalidad justo despues de haber cumplido el año de residencia ?
Muchas gracias de antemano por su ayuda.