No entiendo la primera pregunta... La solicitud la envia la administracion, la conformidad, en todo caso, sera del denunciado, no entiendo, pues, que la solicitud implique conformidad
Si, se puede identificar al conductor y despues presentar alegaciones, o pagar la multa, o lo que te parezca mas adecuado.
Si el titular no identifica al conductor, se genera un nuevo expediente sancionador por incumplir la obligacion de identificar al conductor
Solicitud de identificación del conductor y recurrir la infracción
La solicitud que te llega al domicilio o se publica en el Boletín Oficial, o TESTRA, para que se identifique al conductor de un vehículo que ha cometido una infracción, y no se le paró e identificó en ese momento, IMPLICA la conformidad con la infracción cometida?
O simplemente se está cumpliendo con la obligación que regula la Ley de Seguridad Vial?
Se puede identificar al condutor/a (yo misma), y después recurrir la infracción presuntamente cometida?