Me gustaría saber si alguien puede ayudarme. Quisiera saber si una persona que trabaja en un Ayuntamiento como personal interino (tras concurso-oposición), tiene derecho a solicitar una excedencia para trabajar en otra administración pública.
¿O sólo tienen derecho los funcionarios de carrera?
En caso de que sí se pueda solicitar como interino... si me podeis indicar la legislación en la que debo basarme, si requiere de un tiempo mínimo trabajado, etc.