Hola, mi duda es la siguiente, mi padre falleció hace 18 años y mi madre hace un par de años, mi hermana y yo queríamos saber si la parte que le correspondía a mi padre la podemos solicitar nosotros a nuestra abuela paterna, resulta que nuestra abuela tiene propiedades en Venezuela y España y creemos que esta cambiando todo a nombre de nuestro tío (único hermano de mi padre) con la finalidad de no dejarnos nada ya que hemos tenido nuestras rencillas... Me entere de que viene a España con mi tío dentro de un par de meses y supongo que sera para cambiar de nombre todo lo que tiene por aquí (unas tierras y un piso)... Mi duda y la de mi hermana es si podemos hacer algo o dar por perdido lo que le correspondía a mi padre; gracias de antemano y esperando respuesta para ver si solicitamos o no lo que era de nuestro padre. Podemos solicitar la parte de mi padre estando ella en vida??? porque por lo que vemos cuando no este ya no tendrá nada a nombre de ella... Lo legítimo???
En todo caso se podrá pedir en el futuro la reducción de las donaciones por vulnerar la legítima.
Pero ojo, habrá que ver bajo qué ley se hace dicha herencia, porque si tiene nacionalidad o vecindad venezolana puede suponer problemas y complicaciones....