Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Sobre venias

7 Comentarios
 
perfil JMP
12/03/2006 00:21
Amigo nehofitor, creo que te vas a enfrascar nuevamente en una discusión sin sentido, simplemente por el hecho de que te caiga mal, poque "interprete mal" tus opinioones o lo que sea. ¿en cual, o cuales, de mis afirmaciones discrepas en concreto? ¿en que yo opine que se deba pagar al abogado saliente? ¿en que, salvo excepciones, no me haga cargo del asunto si no pagan al compañero? ¿en las tres razones que expongo para no hacerlo? ¿en dos de ellas, en todas?. Explicate.

De todas formas te diré que es una opinión sobre mi forma de actuar. Tu utilizarás la que te venga en gana. Pero esa es la mía y, como es para mi, entiendo que es la correcta. Es más los compañeros lo agradecen y, hasta se sorprenden, porque lamentablemente hay muchos compañeros que ni se molestán en preguntar si el cliente debe algo. Aclarame en que se centra la discrepancia.

Pues claro que, una vez solicitada la venia (se conceda o no) no existe inconveniente en iniciar su actuación. No es que no haya inconveniente, es que debe hacerlo.

En lo de la documentación coincidimos.

Explícame por favor en que no estás de acuerdo con lo que he expuesto, si es que no te he interpretado mal.





11/03/2006 20:27
Discrepo de esta afirmación: " No obstante opino que al abogado saliente se le deben abonar sus honorarios y yo, personalemente, de no tener la seguridad de que se va a hacer (salvo excepciones) no me hago cargo del asunto por tres motivos: 1º por compañerismo. 2º por egoismo personal, sino abona al compañero quizás tampoco lo haga contigo en su totalidad. 3º no me gustaría que a mi me hicieran lo mismo."

Y digo porque. El abogado de oficio ha realizado su trabajo y por supuesto se le debe abonar, ya sea por cumplimentación de la documentación de la asistencia por parte del asistido o privadamente.

Hasta aquí bien.

Pero si el cliente prefiere que ese asunto se le tramite de oficio y aporta la documentación requerida no veo ningún inconveniente para que el abogado elegido de particular pueda iniciar una actuación.

Respecto de la documentación que obre en poder del abogado de oficio éste debería proveer copia para el justiciable y si no se la da basta con que éste vaya al juzgado y pida copia de esa documentación al funcionario que lleva el caso. Se la darán por ser parte interesada.

Un saludo.
perfil JMP
11/03/2006 16:10
Cuando decía que "el abogado saliente no tiene porque convertirse en el cobrador de su compañero" me refería al abogado entrante.
perfil JMP
11/03/2006 16:08
No tiene poruqe pedirle la venia, como bien dices son asuntos distintos. Y aunque fuera el mismo el abogado salinete no puede retener los documentos, ni siquiera con la excusa de que no haber percibido los honorario.


En el tema de las venias el abogado solicitante cumple sus obligaciones colegiales indicando a su cliente la cantidad que, en su caso, debería abonar al abogado saliente. Nada más. El abogado saliente no tiene poruqe convertirse en el cobrador de su compañero, pues su obligación termina con relaizar las gestiones que a su alcance estén para que el otro cobre. Y estas gestiones se agotan con la comunicación al cliente.

A efectos prácticos, cuando se solicita un venia, recomiendo hacerle firmar al cliente un documento en el que se exprese la cantidad reclamada por el abogado saliente y forma en la que se le puede hacer efectivo. Con eso se cumpliría desde el punto de vista colegial. No obstante opino que al abogado saliente se le deben abonar sus honorarios y yo, personalemente, de no tener la seguridad de que se va a hacer (salvo excepciones) no me hago cargo del asunto por tres motivos: 1º por compañerismo. 2º por egoismo personal, sino abona al compañero quizás tampoco lo haga contigo en su totalidad. 3º no me gustaría que a mi me hicieran lo mismo.

En cualquiera de los casos insisto en que en el presente supuesto no es necesario solicitar la venia.

A efectos prácticos creo que sería más fácil que el nuevo abogado, o el propio interesado, solicitara copia de todo el procedimeinto anterior. Una segunda opción sería reclamar la documentación al anterior abogado mediante burofax. La entregará.

Suerte.
10/03/2006 19:35
De nada. Para eso estamos. :)
10/03/2006 18:53
Muchísiiiimas gracias.
10/03/2006 15:11
Hola.

Lo de solicitar la venia cuando la asistencia es de oficio depende mucho del Colegio de Abogados al que pertenezca y sobretodo, al Juez que lleve el caso.

Pero no estamos ante esa situación.

El abogado de oficio lo es del inicialmente denunciado y solamente para la tramitación del expediente judicial en el que ha intervenido. Y nada más.

Si el inicialmente denunciado quiere contraatacar e interponer una denuncia por denuncia falsa, valga la redundancia, puede elegir un abogado particular sin que éste se vea en la obligación de pedir venia pq el tema es otro y se dilucidará en otro juzgado y con otro número de expediente.

Otra cosa es que el inicialmente denunciado no solicite la justicia gratuita o no presente la documentación y se le deniege el abogado de oficio. En esta situación el abogado de oficio no cobrará del Colegio pero se le abrirá la vía de reclamarle los honorarios.

En definitiva, tienes razón.
Sobre venias
10/03/2006 13:01
Un chico es denunciado falsamente por su exesposa por unos supuestos malos tratos y detenida de forma inmediata por un delito que no ha cometido, pasa al día siguiente a disposición judicial, allí en juez archiva el tema y le deja en libertad.

En comisaria y juzgado guardia ha sido asistido por abogado de oficio.

Ahora él quiere poner una denuncia a su denunciante inicial por la denuncia falsa y para ello acude a un abogado privado.

Este abogado se ha puesto en contacto con el abogado que le asistió de oficio en la detención y éste le dice que no le da copia de nada si no le pide la venia y el cliente le paga por la asistencia que le hizo en comisaria.

Pero? Digo yo, para esta nueva denuncia no tiene porque pedir la venia porque es otro tema, no? es decir, ahora él será el acusador y por tanto el abogado de oficio no tiene designa aqui para nada... Y en cualquier caso, no tiene derecho a pedirle al abogado inicial copia del atestado y de todo, a él no le dieron más que un "auto de libertad" pero de lo demás no tiene nada.

Yo soy amiga del que fue denunciado falsamente (licenciada en derecho pero no ejerzo) y el abogado ha dicho que lo consultará con el Colegio de Abogados pero me gustaría saber vuestra opinión ¿Cómo lo veis? Gracias. Esto ha ocurrido en Barcelona ciudad por si os sirve de dato.

Sé que el otro día también alguien preguntaba sobre denuncias falsas pero no sé si tenía exactamente que ver con esto, creo que no.