HOla, alguien me podria decir la diferencia quehay entre el modelo 110 de hacienda y el 109, podrian ser lo mismo?
Resulta que tenemos un problema con una empresa , una sociedad limitada que s eha cerrado, en la cual hemos tenido diversos problemas porque el administrador dejaba muchas cosas sin pagar, el caso es uqe para rematar nos llegó una deuda de un modelo 110 que venia dividio en dos de unos 5.000 y pico euros y de unos 6.000, estamos de juiciio con esta persona pero claro como socios solidarios no estamos tranquilos y queremos liquidar esta deuda antes de tener problemas, el caso es uqe ahora han llamado de la asesoria diciendo que ha llegado una deuda de unos 13.025 euros que dice q pertenecen a un modelo 109 que este personaje no pagó en su momento y nos asalta lal duda de si puede uqe sea la misma que el 110 con recargo o serian mas deudas acumuladas.
Lo pregunto pq estoy muy preocupada ya que este hombre robó dinero de la cuenta donde teniamos para pagar a hacienda y estamos con las manos pilladas...mi marido es uno de los socios junto a otros tres mas...y a mi me preocupa que nos embarguen...como no nos facilitan las cuentas quisiera que alguien me orientara un poco sobre esto de los modelos...y saber si puede que sea lo mismo ono..
Muchas gracias y perdon por las molestias!
modelo 109???la verdad que de la AEAT no me suena nada, lo unico que me suena es de ser el modelo de IRPF del regimen foral de Gipuzkoa, pero no se....
Por lo que yo se, el modelo 109 es el resumen anual del modelo 110 (Trimestral) en el que se declaran las retenciones e ingreso a cuenta que se hacen a las nominas de empleados.
Creo que debe referirse al modelo 110 y 190. El 110 es la declaración trimestral de retenciones e ingresos a cuenta, y el 190 es el resumen anual de las mismas retenciones e ingresos. El 190 es un resumen y, por tanto, es bastante probable que ambos documentos, 110 y 190, se refieran a las mismas retenciones.