Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

% Sobre morosidad

21 Comentarios
Viendo 21 - 21 de 21 comentarios
08/06/2006 12:39
No se puede aplicar, excepto que este recogido en los Estatutos o aprobado en Junta General y registrado ese acuerdo, en el Registro de la Propiedad.
% sobre morosidad
08/06/2006 12:35
Se esta aplicando en diferentes comunidades un porcentaje del 20 % en los recibos impagados,es esto correcto ?.

De ser asi,el porcentaje aplicado debe de ser directo a la deuda o un tipo de interes como aplican las entidades bancarias,es decir anual ?.

Gracias a todos.