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SOBRE mONITORIO

1 Comentarios
 
28/05/2009 16:41
(Creí que había publicado antes la respuesta, pero creo que no ha salido).

Te comento, como bien sabes la CB no tiene personalidad jurídica, y por tanto yo personalmente lo que haría es demandar a los comuneros a la vez, bajo la responsabilidad mancomundada y subsidiaria.

Salvo mejor criterio.
Sobre monitorio
27/05/2009 10:56
Hola a todos! Soy Jimena.

Necesito ayuda porque estoy algo liada. Os cuento: Mi cliente (la empresa X) tiene un cliente (comunidad de bienes formada por 2 personas) que le debe dinero. Mi intención es interponer un Monitorio ya que la deuda es inferior a 30.000 €, pero aquí viene la duda ..... ¿Contra quién interpongo el Monitorio:contra la Comunidad de Bienes o contra cada uno de los miembros conjuntamente o por separado?