No es usted la que tiene que demostrar. Son ellos. Otra cosa el la mala educación de su vecindario, que además no entendería las explicaciones que usted les dé.
La limpieza es un servicio como lo puede ser el de vigilancia o el de portería. No se puede acordar que lo realicen los propios propietarios, a riesgo de que tengan un accidente, sin estar dados de alta en la seguridad social. Es como si se acordase que las reparaciones eléctricas las tiene que realizar el propietario más próximo a la avería. Una barbaridad. Lo idóneo sería impugnar el acuerdo y acabar de una vez con el tema, cosa que no tendría que hacer usted sino el dueño.
Esta bien Lexis pero sigo necesitando algo con lo que decir que estoy, eso creo, en mi derecho de negarme. Por favor ponerme algo al respecto y asi se lo enviaré en el burofax. Gracias y perdonar si os parezco pesada pero me estan amargando con esto y si al menos les digo "algo legal", igual me dejan en paz.
Adviertale a esa vecina, que si continua con su actitud, procedera a denunciarla ante la policia.
Dele las quejas al propietario de la vivienda que usted tiene arrendada, para que tome cartas en el asunto ante la Comunidad.
Si el propietario de su vivienda, no hace nada, esta incumpliendo como arrendador con sus obligaciones.
Y todo esto si puede ser, por escrito o burofax, cuando vea que las cosas toman otro cariz.
El problema es que una de las vecinas me está faltando, cuando se cruza conmigo dice "que jeta!!" o hace bufidos y la situación es bastante desagradable por eso pido ayuda con Artículos a los que me puedo coger y de este modo evitar estas situaciones que creo no merecer. Sigo esperando ayuda. Gracias.
La limpieza es un servicio que se establece o se suprime, como cualquier otro. Pero veo una irresponsabilidad, aunque se que se da en miles de fincas, que dicho servicio lo ejecuten sin cargo los propios comuneros.
Esto implica que el servicio no está establecido.
El acuerdo que me comenta se debe impugnar, pues no existe relación laboral entre la comunidad y sus propios propietarios. Ahora bien, si no se impugna, considero que el contrato obliga al propietario, que es quien debe responder a la comunidad.
Soy inquilina y en una reunion de portal decidieron que cada uno limpie el portal el dia que le corresponda, yo considero que el obligado a esto es el dueño de la vivienda pues yo en el contrato me comprometo al pago de la comunidad pero a nada mas.
Me puede alguién pasar algo al respecto, algo sobre la Propiedad Horizontal, ¿no se supone que es obligación del dueño?¿y si yo me accidento que? estoy intervenida de una pierna y por ello me jubilé con una invalidez absoluta. Gracias de antemano y espero ayuda.