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Sobre la extensión de la CC en otros paises:

43 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 43 comentarios
Sobre la extensión de la cc en otros paises:
17/12/2010 10:16
Copio un artículo que me ha parecido muy interesante:

- Entre los argumentos que se emplean a favor de la “custodia compartida a toda costa” está el de que la custodia compartida está generalizada en los países de nuestro entorno. Esto es TOTALMENTE INCIERTO. Se están aprovechando de la confusión terminológica entre “custodia compartida” y “patria potestad compartida”. Lo que sí se ha ido asentando en Europa es la “patria potestad compartida”, que implica que todas las decisiones transcendentes que se deban adoptar en relación con los hijos e hijas comunes, deben decidirse de forma conjunta entre ambos progenitores, institución que ya está asentada en España desde hace tiempo y que se diferencia claramente de la custodia compartida. Que quede claro, tal y como decimos en nuestro manifiesto: LA CUSTODIA COMPARTIDA NO ES UNA INSTITUCIÓN EXTENDIDA EN LOS PAÍSES DE NUESTRO ENTORNO, precisamente porque en otros países, sí se han dado cuenta de las dificultades que conlleva y los graves perjuicios que puede ocasionar a los menores en según que casos, como por ejemplo, sin acuerdo de los padres en divorcios contenciosos.
A continuación tenéis el enlace a un artículo muy clarificador en el cuál se explican las diferencias entre la patria potestad y la guardia y custodia, con el fin de terminar con esta confusión terminológica que tanto se está utilizando de forma engañosa.

http://www.hera2001.com/custodiaresponsable/noticiasD.asp?id=26
Ya
17/12/2010 10:46
Leirali5: no es que en otros países sólo esté la patria potestad compartida, es que en otros países no se diferencia entre patria potestad y custodia, todo es compartido y tiene un único nombre. Es aquí donde tenemos el sinsentido de diferenciarlos, vaciando además de contenido la patria potestad de facto, al arrogarse el custodio todas las decisiones, y ser conducta asumida por la vía de los hechos consumados.
Podéis hacer todos los manifiestos que queráis, pero no engañáis a nadie. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos lleva varias sentencias condenando a diversos países por su discriminación en este sentido. La custodia compartida es un derecho de los hijos que, más tarde o más temprano, se les acabará reconociendo aquí también.
17/12/2010 11:06
El artículo clarificador, que tiene casi 6 años de antigüedad, viene a decir: "los hijos son de las madres porque los hijos son de las madres", es decir, la custodia debe ser para la madre porque hasta ahora ha sido así.
Con la misma fuerza argumentativa, podrían haber dicho los empresarios del pasado: "las mujeres no pueden ocupar puestos directivos porque las mujeres no ocupan puestos directivos".
Muy, muy, muy clarificador, sí.
21/12/2010 23:26
Jaja, es impresionante cómo nos queréis vender la moto. No está generalizada ni de coña. Está contemplada n varias legislaciones (así sin más) pero sujeta a un montón de requisitos y aplicada con muchísima cautela. Al parecer en otros países sí se han dado cuenta del grave perjuicio que puede ocasionar a los menores si no se aplica correctamente. Es una de tantas mentiras con las que intentáis pisar el derecho de los hijos a un entorno estable y a no tener que vivir en medio del conflicto entre los padres. EL INTERÉS SUPERIOR DEL MENOR DEBE ESTAR SIEMPRE POR ENCIMA DE ESA SUPUESTA IGUALDAD ENTRE PROGENITORES.
Y bueno, ya con lo del sinsentido de diferenciarlos, me parto. Tiene todo el sentido el hecho de que el no custodio tenga derecho a decidir (derecho que en España se respeta, afortunadamente, igual que se respeta en el resto de países de Europa).
CUSTODIA COMPARTIDA CUANDO HAYA HABIDO CORRESPONSABILIDAD CON RESPECTO AL CUIDADO Y LA EDUCACIÓN DE LOS HIJOS CON ANTERIORIDAD A LA SEPARACIÓN. Que me hacen a mí mucha gracia los instintos paternales repentinos...
21/12/2010 23:32
"Junto a España, Bélgica, Francia, Inglaterra y Gales, Italia y la República Checa son los únicos países de la UE que contemplan expresamente en su legislación la custodia compartida, según un estudio elaborado por Themis.

De este modo, se constata que la figura de la custodia compartida no está generalizada en la UE por la complejidad que supone su puesta en marcha salvo en los casos en los que exista por parte de los progenitores un buen entendimiento.

A juicio de las autoras del estudio, existe una confusión terminológica, ya que en la mayoría de los países europeos no se distinguen los conceptos de patria potestad y custodia compartida y por ésta última entienden la responsabilidad parental para que ambos padres puedan intervenir en la toma de decisiones que afecten a los menores.

Las seis legislaciones que contemplan la custodia compartida conceden al juez potestad para establecer este sistema, pero en diferentes medidas, y sólo Bélgica tiene establecido el sistema de residencia alterna como modelo general en el que el juez está obligado a concederlo siempre que se lo solicite uno de los padres.

Por el contrario, la norma de la República Checa es la más precisa en los criterios que debe tener en cuenta el juez al decidir sobre una custodia compartida. En Francia se imponen una serie de cautelas que debe tener en cuenta el tribunal y en Inglaterra y Gales el juez puede no pronunciarse."

21/12/2010 23:34
Nada no se hable más, la custodia para la mujer y punto!!!
21/12/2010 23:45
"según un estudio elaborado por Themis". ¡Ahora soy yo el que me parto! Buenísimo, sí. Menudo ejemplo de ecuanimidad y objetividad. Creo que Hitler hizo un estudio muy sensato sobre los judíos...
Por cierto Marian, dejando de lado las tonterías de las Themis. Dices "CUSTODIA COMPARTIDA CUANDO HAYA HABIDO CORRESPONSABILIDAD CON RESPECTO AL CUIDADO Y LA EDUCACIÓN DE LOS HIJOS CON ANTERIORIDAD A LA SEPARACIÓN". Totalmente de acuerdo. Ahora bien, ¿cómo se demuestra esa corresponsabilidad? Y, más aún, ¿en qué parte de nuestra legislación se dice que, en caso de corresponsabilidad previa, se aplique la custodia compartida?
21/12/2010 23:48
Vuelvo a poner este párrafo por si no ha quedado suficientemente claro.

"A juicio de las autoras del estudio, existe una confusión terminológica, ya que en la mayoría de los países europeos no se distinguen los conceptos de patria potestad y custodia compartida y por ésta última entienden la responsabilidad parental para que ambos padres puedan intervenir en la toma de decisiones que afecten a los menores".

Adsec, que no se diferencia, está claro. Eso sí, lo que se entiende por custodia compartida en otros países dista mucho del concepto que tiene en España. Es decir, se asemeja a lo que en España es la "patria potestad compartida". Nadie está diciendo que los hijos no tengan que tener padre y madre (pese a esa interpretación tan extraordinariamente manipulada que hace Adsec del artículo). Ni está cuestionando el derecho de ambos padres a decidir en las cuestiones referentes a los hijos (que sí es lo que está generalizado en los países de nuestro entorno)
Lo cierto es que en la mayor parte de países JAMÁS impondrían una custodia compartida sin acuerdo de los padres al respecto, poniendo a los hijos en medio de unos progenitores que han pasado por un divorcio contencioso y que tienen, en la mayor parte de casos, una relación lamentable entre ellos (salvo aquí, claro, que somos así de "igualitarios": me parto).
Al parecer en otros países sí se han dado cuenta de que para que una custodia compartida no perjudique a los hijos, debe existir una comunicación más que fluida entre los padres y consenso total en todo lo referente a sus cuidados y su educación. Y si no ha sido acordada, sino que ha sido impuesta por vía judicial como resultado de un divorcio contencioso, es imposible garantizar ninguna de las dos cosas.

21/12/2010 23:59
Marian, me interesa, de verdad, que respondas a las preguntas de mi anterior post. Me parecen importantes.
Con respecto al artículo, insisto en que las Themis son el polo opuesto a la objetividad, que están subvencionadas por el gobierno y hacen apología del sexismo subrayando diferencias entre hombres y mujeres para apoyar la aberrante política de este gobierno en ese sentido. Las Themis tienen credibilidad cero en el mundo jurídico. Consulta a cualquier abogado serio.
Yo no manipulo sobre el artículo. El artículo es manipulador a más no poder. En otros países, como he explicado, no se separan dos conceptos sobre el cuidado de los hijos, sólo hay uno, llámese patria potestad o guarda y custodia. Y ese único concepto es compartido por defecto. No es que se hayan dado cuenta de que para que haya custodia compartida tiene que haber comunicación, es que para que haya comunicación tiene que haber custodia compartida. La implicación es al revés.
Si, como dices, todas las decisiones importantes del menor se encuadran en la patria potestad (así es teóricamente, pero no en la práctica) es la patria potestad compartida lo que requiere comunicación, porque son las decisiones IMPORTANTES.
Y, ojo, yo no defiendo la custodia compartida indiscriminada, porque hay cada burro suelto que no sabe ni lo que es un niño, que no está cualificado para nada. Y también ha burras. Yo defiendo la cc cuando ambos progenitores están cualificados, y esa cualificación la evalúan hoy por hoy los gabinetes psicosociales.
Y una cosa más. Para ser capaz de compartir una custodia hay que tener un mínimo grado de madurez y responsabilidad. Para ejercerla de modo exclusivo hay que tener aún más madurez y responsabilidad. Por tanto, quien rechaza la compartida está demostrando no estar cualificado tampoco para la exclusiva.
22/12/2010 00:00
Claaaaaro, claaaaro, las tonterías de las Themis :-) Como no comulgan con tus ideas, son tonterías.
Con respecto al tema corresponsabilidad, sigue habiendo muy poquitos casos. Pero poquitos poquitos. Y si me vas a tratar de vender la moto de que en España ya hay igualdad, no pierdas el tiempo. Y en el supuesto de que se probase de forma cierta esa corresponsabilidad, habría que estudiar qué progenitor es el más apto para ostentar la custodia en caso de desacuerdo sobre el régimen de custodia.
Pero al margen de la supuesta "corresponsabilidad" probada, la custodia compartida siempre deberá ser ACORDADA. Es fundamental para que no sea un desastre y que lo hijos no se vean inmersos en medio de una constante disparidad de criterios constante. Aunque de repente parece que la estabilidad que hay que proporcionar a los hijos ha perdido toda importancia.
22/12/2010 00:24
Buenas,

En qué no hay igualdad en España??
Cómo se estudia que progenitor es más apto para ostentar la custodia?
Es más importante cambiar los pañales o comprarlos?
Y si el menor tiene 15 años? Qué progenitor es más apto?
Por qué es un desastre la custodia compartida si no hay acuerdo y sin embargo la monoparental no?
Por qué hay que acordar la custodia compartida pero la monoparental no?
Y para terminar sobre quien hace los estudios, el Vaticano hizo un estudio que era, que si te masturbabas te quedabas ciego.

Saludos
22/12/2010 00:25
Estabilidad EMOCIONAL, Marian. Ésa es la estabilidad que necesitan los hijos, no estar entre cuatro paredes con una persona, y que esas paredes y esa persona sean siempre las mismas. Estabilidad emocional es seguir relacionándose con normalidad con ambos padres.
Te repito, consulta un abogado serio acerca de la credibilidad de las Themis. Son parte del aparato político del gobierno. Pero vamos, que si tú las consideras palabra sagrada, allá tú.
Pero no me dices cómo se verifica esa corresponsabilidad. Tampoco apoyas lo de la disparidad de criterios en ningún argumento concreto. Yo te voy a dar un argumento: si dos personas que son igualmente aptos (me remito a los informes psicosociales) quieren seguir ejerciendo de padres, y a uno de ellos lo apartas de esa función, le crearás frustración, esa frustración avivará el fuego de la guerra con el otro progenitor, y los hijos se verán envueltos en una guerra entre sus padres. Pero si no das ventaja a ninguno de los dos, les permites seguir disfrutando de la paternidad y no estableces "vencedor" y "vencido", sentarás las bases de una relación más cordial y serena. Eso irá en beneficio de los niños.
Yo no vendo ninguna moto. En España hay igualdad en unos casos, madres mejores en otros, y padres mejores en otros. Yo no los he contado, ¿y tú? ¿O es que lo dicen las Themis y eso es sagrado?
Y ahora imagina que existiera ese método infalible de determinar la corresponsabilidad y la aptitud en el ejercicio de la paternidad. Imagina que te vas a divoriciar y, ese maravilloso test, dice que tu exmarido te gana por la mínima. ¿Qué harías, cederle la custodia a él porque es un pelín más apto, o pedir la compartida?
22/12/2010 00:33
Sí sí, la solución a esta cuestión está en los gabinetes psicosociales. Precisamente. Como tienen tantíiiisimo tiempo para dedicar a cada caso y tantíiiisimos medios..... :-) No sé en qué mundo vives.
Está bien claro. Custodia compartida en otros países = patria potestad compartida en España. No se trata de un "único concepto compartido por defecto" en absoluto.
Y paso de explicarte cómo se aplica la patria potestad compartida en España. No pierdo el tiempo.
22/12/2010 00:35
Exacto, Marian. No respondes a las preguntas porque no sabes la respuesta. Y no apoyas tus afirmaciones con argumentos porque no los tienes.
No tienes ni respuestas ni argumentos porque no lo pone en la biblia de las Themis.
Esperaremos a que ellas se pronuncien, pues, para conocer tu opinión.
22/12/2010 00:40
Claro, las respuestas me las estás dando tú todas. Te he respondido a tus preguntas, allá tú si no sabes entender las respuestas. Eres pesaíto con Themis, eh?
Por supuesto que no hay que privar a los hijos de ninguno de los padres.Con los regímenes de visita que se están dando hoy en día, los hijos no pierden en absoluto al progenitor no custodio. Lo que sí es un derecho fundamental del menor es el derecho a disfrutar de un hogar estable. Para que una custodia compartida no sea perjudicial para los hijos, la relación entre los padres tiene que ser EXCEPCIONALMENTE buena: es necesario que los padres tengan una comunicación muy fluida y que haya muchísimo consenso a la hora de establecer unas pautas en cuento a la educación y el cuidado de los hijos (y esto me lo han confirmado varias parejas que tienen la custodia compartida y que me confirman que todo esto es fundamental y en muchísimos casos no es posible). Y cuando se impone la custodia compartida en los casos de divorcios contenciosos, la relación entre los padres suele ser pésima, o al menos no lo suficientemente buena, e inevitablemente va a afectar de forma negativa a la estabilidad (física y emocional) y al bienestar de los hijos.
22/12/2010 00:42
Venga, una por una, para que sea más fácil:

¿Cómo se evalúa la correponsabilidad?
22/12/2010 00:50
Themis, si el informe de Themis dice lo que usted ha escrito esas sras son unas incultas y MANIPULADORAS.

En Portugal, Luxemburgo, Suecia, y Dinamarca existe la custodia compartida y son paises de la unión europea. También existe la custodia compartida en Islandia, Noruega, Australia y en infinidad de estados de Estados Unidos.

Que curioso que la custodia compartida se da en paises donde la mujer ha alcanzado mayores cotas de responsabilidades en el trabajo y en la vida pública. Precisamente por que comparten a los hijos, ya que las tasas de divorcios en algunos paises son de hasta un 50%.

Finalmente, lo que si no tiene ningún parangón en el mundo es la ley discriminatoria de la ley de violencia de genero espanyols, bueno rectifico en algunos paises islamicos se existe esa legislación discriminatoria contra uno de los sexos, en ese caso mujeres, las ´talibanas-feminista´espanyolas aplican las mismas recetas que utilizan esos paises contra las mujeres pero en su caso contra los hombres, ...dentro de poco hasta conseguiran que se lapiden en plaza pública cualquier denunciado por malos tratos, total son solo hombres, igualitas, igualitas que los talibanes.
22/12/2010 00:55
Patria potestad (al final me haces perder el tiempo "ilustrándote). Yo a mi ex le comunico puntualmente todas las decisiones IMPORTANTES concernientes a nuestros hijos porque estoy OBLIGADA LEGALMENTE a ello, para que las apruebe, o no, o presente las alternativas que considere (y esto es práctica, no teoría). Otra cosa es que la mayor parte de las veces no se moleste en responder ni en opinar porque todo lo relacionado con nuestros hijos le ha importado siempre tres pitos (incluso cuando convivía con ellos). Pero si no lo hiciera podría denunciarme por restringir su derecho a la patria potestad.Eso es PATRIA POTESTAD COMPARTIDA. Y eso es lo que está generalizado en la mayor parte de países de Europa. No hacen falta tanto circunloquio que induce a confusión.
Y mira, no me saques otra vez los informes psicosociales, que me parto de risa.
22/12/2010 01:01
marian1977,

parte usted de premisas erroneas. y si desde un punto incial la custodia se concedio al progenitor menos capacitado para educar o guiar a unos menores? deben sufrir los menores ese error hasta su mayoria de edad? no es enriquecedor criarse y educarse con su padre y su madre? considera mas adecuado para la educación de unos menores que crezcan amputados de las competencias que les puede aportar el progenitor (normalmente el padre) con el que no viven? no es mejor sumar que restar?

En España los estudios sobre los beneficios y desventajas de la Custodia Compartida y la Monoparental brillan por su ausencia. Pero en países de nuestro entorno cultural como EE.UU., Canadá, Australia, Francia, Italia, etc., sí se han hecho y las conclusiones son contundentes. Tras la separación de los progenitores la mejor opción para los hijos, con enorme diferencia, es la Custodia Compartida. De hecho, estadísticamente, la Custodia Monoparental Materna es la peor opción para los niños dado que la mayor maltratadora de niños, con enorme diferencia, es la madre. O mejor dicho, algunas madres.

Con estos informes y la experiencia de muchos años, en estos países se ha impuesto la Custodia Compartida como punto de partida por defecto tras las separaciones. El último ha sido Italia.
Es llamativo que en estos países tras la imposición de la Custodia Compartida la tasa de divorcios ha caído hasta en un 90%. NO HAY NEGOCIO, NO HAY DIVORCIO. Pero en la misma proporción han caído las tasas de violencia doméstica, fracaso escolar, embarazos en adolescentes, drogadicción, etc.

Según el U.S.A. Department of Health and Human Services, Administration for Children and Familie, National Center on Child Abuse and Neglect, 1996, en contraste con los hijos que conservan el trato con su padre, los hijos que crecen sin conservar el contacto y relación con su padre, son:

5 veces más propensos a cometer suicidio.
32 veces más propensos a irse de casa.
20 veces más propensos a tener desórdenes de conducta.
14 veces más propensos a cometer actos de precocidad y abuso sexual.
9 veces más propensos a abandonar los estudios.
10 veces más propensos a abusar de substancias químicas y drogas.
20 veces más propensos a acabar en prisión.
http://www.calib.com/nccanch/pubs/statinfo/nis3.cfm

Pero además hay grupos de personas muy afectados y a los que nunca se les tiene en cuenta. Abuelos, tíos, primos, amigos, etc., que pierden por completo el trato con sus nietos, sobrinos, primos, etc., por el capricho de una mujer que se cree propietaria de sus hijos y que puede hacer con ellos lo que le plazca, incluso matarlos.

Un colectivo especialmente afectado es el de las segundas esposas que se ven maltratadas por la presión de la exesposa de su marido y sometidas a una vida indigna viendo como sus recursos económicos y de todo tipo son desviados por sentencia judicial para disfrute de la exesposa de su marido en detrimento incluso de los intereses de sus propios hijos. Incluso muerto su marido, la segunda esposa ha de compartir, cuando no renunciar, la pensión de viudedad con la persona que destrozó la vida de su difunto marido.

En este enlace, http://www.acf.hhs.gov/programs/cb/pubs/cm04/cm04.pdf, podemos acceder a uno de los estudios más extensos, serios y completos sobre el maltrato infantil. Está elaborado por el Departamento de Salud y Recursos Sociales de USA. Del informe del año 2004 podemos deducir los siguientes datos
la posibilidad de que un niño sea maltratado por la madre sola o acompañada por su nueva pareja es 2,33 veces superior a la posibilidad de que sea maltratado por el padre solo o acompañado por su nueva pareja.

Estos datos suelen variar poco de unos países a otros dentro del mundo occidental. Pero hay valores que son prácticamente constantes como: perpetradores por sexo, víctimas por sexo, tipos de maltrato, etc. Curiosamente la tasa de suicidio en países occidentales es prácticamente constante. Los hombres se suicidan tres veces más que las mujeres. Estos datos dejan una vez más en evidencia la falsedad de los dogmas feministas de género que exigen la necesidad de alejar al niño del padre y mantenerle bajo la "protección" de la madre. Estos datos son prácticamente idénticos, entre otros, a los de UNICEF o a los del Centro Reina Sofía para el estudio de la violencia.

(cont)
22/12/2010 01:02
Ea, te respondo una por una también, para que no te líes: no se trata de evaluarla, sino de demostrarla. Y para eso están los medios de prueba (¿te explico qué son?) Pero vamos, que me digas que debe quedar al criterio de los gabinetes psicosociales, bufffff......Pero vamos, que en muy poquitos casos habría una duda razonable, porque en España siguen siendo fundamentalmente las madres las que se ocupan del cuidado de los hijos.
Y te repito, porque al parecer no lo has leído: "al margen de la supuesta "corresponsabilidad" probada, la custodia compartida siempre deberá ser ACORDADA. Es fundamental para que no sea un desastre y que lo hijos no se vean inmersos en medio de una constante disparidad de criterios constante. Aunque de repente parece que la estabilidad que hay que proporcionar a los hijos ha perdido toda importancia"