Hola a todos, mi deseo es colaborar a aclarar conceptos.
El tercio de libre disposición no tiene que ver nada con el tercio de mejora.
El de libre disposición como su nombre indica es el único que queda al testador para ejercer su voluntad al testar. Lo puede dejar a quien quiere: herederos o no.
El tercio de libre mejora era para los hijos legitimarios. Para mejorar a uno de ellos. Pero a partir de la reforma de 1981, artículos 782 y 824 se puede dejar a hijos o descendientes. Ese "o " apunta con precisión a la posibilidad de poder mejorar a los nietos, aunque vivan los padres.