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sobre el smac

9 Comentarios
 
Sobre el smac
27/01/2010 00:25
Tengo fijada la fecha para el acto de conciliacion para el dia lunes. Se que entre las opciones que se pueden dar esta la de la reincorporacion al puesto de trabajo, lo cual veo dificil, puesto que no hemos quedado muy amigos y seria dificil para ambas partes, la empresa es pequeña y hay casi tantos dueños como empleados ( alguno ya juvilado ). Pero de darse que optasen por la reincorporacion, previo pago de los salarios de trmitacion, podria negarme a dicha reincorporacion e ir a juicio?
Y otra consulta, mi despido fue objetivo y todavia me falta reclamar el 40% del fogasa, si se llega a un acuerdo, se icrementaria la cantidad a cobrar del fogasa, o lo que se pacte es en efectivo y no tiene nada que ver con el fogasa.
27/01/2010 11:35
1ª Si puedes aunque te recomiendo que vayas con abogado/a

2ª. Nada que ver. El FOGASA te paga el 40% de la indemnización legal de 20 días. Si pactas una indem superior, es entre tu y la empresa, al FOGASA no le afecta
27/01/2010 17:51
Gracias crisf por por tu respuesta!
Pero si no es mucho pedir me gustaria que me contestases una cuestion mas.
voy acompañado del abogado del sindicato, digo voy aunqueme dijeron que no hacia falta que fuese, y como soy de sangre caliente no se si complicaria las cosas.
MI duda es que en el sindicato a la hora de firmar las autorizaciones para que me representasen, habia un apartado donde los autorizaba a representarme ante el fogasa y segun lo que me comentas, lo que se pacte en el smac no influye en lo que me tiene que dar el fogasa.
27/01/2010 19:08
No se que tipo de demanda tienes. Si es por despido improcedente, aquí no interviene eso del 40%. Pero si ganas el juicio y condenan a la empresa, y la empresa resulta insolvente, es el FOGASA el que termina pagando, por eso se pone eso en los poderes.
27/01/2010 20:21
"Pero de darse que optasen por la reincorporacion, previo pago de los salarios de trmitacion, podria negarme a dicha reincorporacion e ir a juicio?"
CrisF, entiendo que el derecho de opción lo tiene la empresa y si esta decide a la readmisión , el trabajador no puede oponerse sin riesgo a un despido procedente.
Saludos
28/01/2010 10:04
gracias CrisF por tu respuesta y gracias arquero por tu comentario.
Lo que comenta arquero es lo primero que encontre con respecto al tema, aunque buscando mas encontre a quienes afiman que no es exactamente asi.
Aparentemente una parte ( empresario) no puede obligar a la otra ( trabajador) , si no que tiene que existir una sentencia judicial de por medio. ¿ es asi realmente?
28/01/2010 12:12
Así pensaba yo antes, pero ya hay numerosas sentencias incluso de TS que dicen lo contrario. Roto el vínculo, al empresario ya no puede unilateralmente reestablecerlo. Asi que a juicio, y que sea el Juez quien decida.

De todas fromas tras la sentencia la empresa optaría por la readmisión y entonces si se´ria ya obligatoria.
28/01/2010 18:40
Gracias nuvamente CrisF por tu respuesta !
A ver que es lo que sucede el lunes, pensaba dejar que fuese solo el abogado al acto de consiliacion, pero voy a hacerme presente para saber de que se trata y de que salga lo mejor posible.
28/01/2010 21:22
En mi opinion si en principio no te han abonado el 100% de la indemnizacion debes decirle a tu abogado que solicite la nulidad por ese motivo, falta de puesta a disposicion de la indemnizacion legal establecida en el ET, ( 20 DIAS POR AÑO ), si lo puso en la papeleta lo puede manifestar en el acta ampliando el petiun de la demanda, el hecho de que la empresa solo page el 60%, remitiendo al trabajador al fogasa para que cobre el resto 40%, no cumple con lo establecido en el ET, con esto hay discusion pero no hay norma legal que habilite a la empresa para pagar solo el 60% de la cantidad, a no ser que asi lo especifique en la carta de despido.

Respecto de la readmision es cierto una vez roto el vinculo la empresa no puede restablecerlo unilateralmente, con excepcion de si el trabajador continua prestando servicios, ejemplo de despido objetivo con preaviso, reciente sentencia del TS, esto quiere decir que si el trabajador continua con la accion judicial y no se incorpora a su puesto de trabajo no se entendera que hay abandono del puesto de trabajo, no obstante entiendo que lo que el trabajador pretende en estos caso es buscar la nulidad del despido, que en tu caso podria ser la falta de puesta a disposicion simultanea a la comunicacion del despido de la indemnizacion legalmente tasada, ya que si la empresa reconoce la improcedencia y opta por la readmision no tendria sentido judicializar algo que ya te estan dando.





28/01/2010 22:48
gracias Picachu por tu respuesta !
Lo cierto es que en la carta de despido si especifican que me hacen entrega del 60% de la indemnizacion y que el otro 40% se lo tengo que reclamar al fogasa, aunque no la firme.
No se que es exactamente lo que puso en la papeleta, pero creo que iva por el lado de la nulidad. Aunque sinceramente me interesaria mas pactar la indemnizacion y con esto espero no parecer alguien que simplemente le interese sacar dinero a una empresa, la verdad es que esta gente no se porta bien con los empleados y la verdad que no es una empresa tan grande como para no tener ni a un empleado contento. En epocas de bonanza, que las hubo, no hubo mejoras para nadie, (logicamente si habia mas trabajo)no hay uno solo que figure con la categoria que realmente desempeña y hay gente que lleva mucho tiempo.
Ahora en epocas de vacas flacas y despuesd e 6 años, hacen lo mejor para la empresa. Logicamente yo voy a hacer lo mejor para mi. Y como ellos saben que estan cometiendo varias faltas, no creo que me reincorporen ya que seria para problemas mutuos.
Dicen que muchas veces los actos de conciliacion se resulven en los pasillos, a ver si es cierto.
saludos y gracias a todos